Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Solicitud de calificación de vivienda protegida de promoción privada y ayudas a la adquisición de Vivienda Protegida. (código 1228) (SIA 207014)

Información Básica

Objeto:

Obtener la calificación de vivienda protegida de promoción privada en la Región de Murcia destinada a la venta, arrendamiento o uso propio.

Se destinan ayudas a la compra, en primera transmisión, de vivienda protegida de promoción privada de nueva construcción en la Región de Murcia.

Información de Interés

1º Información procedimiento Calificación Definitiva:

-Las promotoras de viviendas protegidas deberán ejecutar el proyecto en un plazo máximo de treinta y seis meses desde la notificación de la calificación provisional. Excepcionalmente, a instancia de la promotora, mediando causa justificada, la Consejería competente en materia de vivienda podrá prorrogar dicho plazo, hasta un máximo, de dieciocho meses adicionales.

-La licencia de primera ocupación o título habilitante de naturaleza urbanística, dictada por la Administración local, equivaldrá a la calificación administrativa con la que finaliza el procedimiento, para ello la Administración Local trasladará a la Dirección General competente en materia de vivienda la concesión de dicha licencia o título habilitante de naturaleza urbanística.

-Recibido lo anterior, la mencionada Dirección General , comunicará a la promotora la correspondiente calificación definitiva con indicación del expediente; datos de la promoción; régimen de uso de las viviendas; calificación urbanística del suelo; plazo de duración del régimen de protección, plazo de ejercicio del derecho de tanteo y retracto de la Administración Regional y los precios de venta y renta.

2º Procedimiento Ayudas a la adquisición de vivienda protegida:

- Se podrá obtener una ayuda de hasta 10.000 euros por la compra, en primera transmisión, de una vivivenda protegida de promocion privada de nueva construcción.

- Sólo se obtendrá ayuda por la compra de una sola vivienda, no siendo objeto de ayuda la compra de anejos no vinculados a vivienda..

- La concesión y pago de las ayudas estará limitada por el crédito presupuestario consignado para su financiación y se concederán hasta agotar el importe máximo disponible.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas y jurídicas promotoras de vivienda protegida.Las ayudas se destinan a compradores de vivienda protegida en primera transmisión

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 20/05/2021

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA (A14028862)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1º.- Requisitos para procedimiento de Calificación definitiva:

-Viviendas de promoción privada promovidas por una persona física o jurídica de naturaleza privada en cualquiera de las siguientes modalidades de promoción: venta, arrendamiento o uso propio (autopromoción).

-Las viviendas protegidas podrán promoverse para fomentar la denominada vivienda sostenible, compatible en su contrucción con los requerimientos económicos y de conservación del medio ambiente.

-Las personas promotoras serán aquellas que directa o indirectamente decidan, impulsen, programen y financien, con medios propios o ajenos, la construcción, reforma o rehabilitación de las viviendas.

-Las viviendas deben ser de nueva construcción equiparandose a ellas las que procedan de actuaciones de rehabilitación o tengan la condición de  libres pero se ajusten a los requistos legales establecidos en el decreto regulador (Decreto 99/2021 de 13 de mayo).

2º Procedimiento para solicitud de ayuda a adquisición:

- Comprar una vivienda de protección oficial en primera transmisión.

- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 6 del decreto 99/2021.

Requisitos posteriores

Las viviendas deben transmitirse a las personas/unidades de convivencia que reunan los requisitos establecidos en el artículo 6 del decreto 99/2021: umbrales de ingresos determinados y no poseer en propiedad o tener un derecho de uso y disfrute sobre otra vivienda en la misma localidad con las excepciones recogidas en el propio artículo.

Las viviendas deben destinarse a domicilio habitual y permanente.

Las superficies de vivienda y anejos deben ajustarse a las superficies establecidas en el decreto regulador a salvo de las excepciones que se recogen (art. 8).

Los precios de venta y renta deben ajustarse a los límites establecidos en el decreto regulador.

Cumplir las normas técnicas de diseño y calidad establecidas legal y reglamentariamente, en particular al código técnico de la edificación vigente.

Someterse al régimen legal de protección de la vivienda calificada como protegida, en particular a las limitaciones de la facultad de disponer y de precios que establece el decreto regulador.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de calificación provisional de vivienda protegida de promoción privada y solicitud de ayuda a la adquisición de vivienda protegida de promoción privada.
  • Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente
    (Obligatorio / No original)
    Proyecto básico y de ejecución redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, que deberá contener los planos de distribución y superficies para cada tipo de vivienda, tipología, número y superficie útil de las viviendas, de los garajes y trasteros, con especificación de que se encuentran vinculados en proyecto y registralmente a las viviendas de los edificios en que estén situados, así como de los locales.
  • Licencia municipal de obras
    (Obligatorio / No original)
    Licencia municipal de obras, cédula o certificado urbanístico expedido por el ayuntamiento correspondiente, en que se consigne la calificación urbanística del terreno y se indique el área geográfica en la que se ubica la promoción.
  • Escrituras o documentos del Registro de la propiedad
    (Obligatorio / No original)
    Certificado del Registro de la Propiedad de la titularidad del dominio de los terrenos y de la libertad de cargas y gravámenes que puedan representar un obstáculo económico, jurídico o técnico para el desarrollo del proyecto. En caso de que los solicitantes no sean propietarios de los terrenos acompañarán, además, la promesa de venta otorgada a su favor o el título que les faculte para construir sobre los mismos.
  • Relación
    (No obligatorio / No original)
    Cuando se trate de promociones para uso propio agrupadas en cooperativas o comunidades de propietarios: relación de las personas socias o comuneras con indicación de su nombre y apellidos, su número de identificación fiscal y la correspondiente declaración responsable de ingresos referidos al periodo impositivo inmediatamente anterior a la firma del contrato.
  • Escritura
    (No obligatorio / No original)
    En caso de calificación de viviendas libres: Escritura en la que figuren los datos registrales de las viviendas que se pretenden calificar, especificando el régimen para el que solicita la calificación.
  • Certificado de dirección de obra
    (No obligatorio / No original)
    En caso de calificación de viviendas libres: Certificado realizado por la dirección de obras sobre el estado de las mismas.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    En caso de calificación de viviendas libres: Certificado de calificación energética de las viviendas según la normativa aplicable.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Documento acreditativo de la representación
  • Contrato de compraventa
    (Obligatorio / No original)
    Requerido para obtener las ayudas a la adquisición de vivienda protegida de promoción privada.
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Consulta del título de familia numerosa de las CCAA (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consulta de datos de discapacidad de las CCAA (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)
  • Certificado de discapacidad expedido por la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia