Política Social, Familias e Igualdad
Noticias
23/08/2024
Política Social amplía a 70.000 las posibles familias beneficiarias del bono social digital
Junto a las personas que perciben la prestación económica de la Renta Básica de Inserción y del Ingreso Mínimo Vital, también podrán solicitar estas ayudas las perceptoras de una pensión no contributiva y de un subsidio por desempleo
La solicitud del bono social digital podrá formalizarse hasta el 30 de noviembre de 2024
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La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad amplía a 70.000 las posibles familias beneficiarias del bono social digital, ya que, por primera vez, incluye en esta nueva convocatoria de ayudas a las personas perceptoras de una pensión no contributiva y de un subsidio por desempleo. Colectivos que se suman al de las personas que perciben la prestación económica de la Renta Básica de Inserción y del Ingreso Mínimo Vital que ya figuraban como beneficiarias en convocatorias anteriores.
Otra novedad es que se financiará el mantenimiento de los servicios de conexión a banda ancha que el usuario ya tuviera contratados, pues en la anterior convocatoria se establecía como requisito que el contrato fuera nuevo.
Estas ayudas están dotadas con un presupuesto global de 1.056.720 euros de los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, se concederá un bono por persona y familia, con una cuantía máxima de 240 euros al año, para la contratación del servicio de conexión a internet durante un período de 12 meses improrrogables.
La solicitud del bono social digital podrá formalizarse hasta el 30 de noviembre, tanto de forma telemática como presencial, a través de cualquier registro público o ventanilla única. Será necesario indicar con qué operadora se quiere suscribir el contrato, de las 44 adheridas al convenio con la Comunidad, cuya consulta puede realizarse en operadorasbonodigital.carm.es
Las bases de la convocatoria determinan además que la contratación del servicio de conexión a internet deberá realizarse mediante fibra óptica, no a través de redes móviles o radiofrecuencia. También, contempla la opción de mejorar la velocidad de conexión contratada, siempre que ésta sea inferior a 30 megas. De igual forma, se establece que el bono no se pagará directamente a la persona beneficiaria, sino a la operadora seleccionada.
La orden de modificación de bases puede consultarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del 1 de agosto.
Categoría nota prensa: Política Social, Familias e Igualdad
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