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08/11/2023

La Comunidad ayuda con 500.000 euros a las empresas de inserción que acrediten pérdidas en los años 2020, 2021 y 2022

Las subvenciones tienen como objetivo reequilibrar financieramente a este tipo de empresas afectadas por la crisis del Covid y de la inflación

La Consejería y Empresa ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) la convocatoria de ayudas destinadas a reequilibrar financieramente a las empresas de inserción de la Región de Murcia afectadas por la crisis del Covid y de la inflación.

El presupuesto de esta línea de ayudas asciende a 500.000 euros y la cuantía de la ayuda será el importe que acredite el solicitante de las pérdidas correspondientes a los ejercicios 2020, 2021 y 2022, sin que dicho importe pueda superar el 80 por ciento del total de pérdidas acumuladas en los tres ejercicios.

El consejero de Economía, Hacienda y Empresa, Luis Alberto Marín, explicó que la finalidad de estas subvenciones es “evitar el cierre de las empresas de inserción de la Región de Murcia y, por tanto, seguir apoyando la labor que realizan, consistente en la integración sociolaboral de personas en riesgo o situación de exclusión social, así como el trabajo que generan”.

Asimismo, destacó que con estas ayudas “se cumple el compromiso del Gobierno regional para reequilibrar financieramente a las empresas de inserción de nuestra Región y ayudarles después de los duros momentos pasados en el Covid y en la crisis económica derivada por la alta inflación”.

Esta convocatoria complementa a la publicada recientemente que, dotada con 746.000 euros, permitirá a estas empresas la contratación de trabajadores en vías de inserción, así como de técnicos de acompañamiento.

El plazo para presentar solicitud estará abierto hasta el próximo 15 de noviembre y podrán ser beneficiarios de las mismas aquellas empresas que acrediten pérdidas durante los años 2020, 2021 y 2022 o en cualquiera de los tres ejercicios; que figuren inscritas en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia con una antigüedad mínima de 36 meses a la fecha de presentación de la solicitud; y que hayan presentado las cuentas anuales en el Registro Mercantil, en el Registro de Fundaciones o en el Registro de Asociaciones, según corresponda. En el supuesto de no estar obligadas a presentar las cuentas en ninguno de estos registros, deberán tener aprobados el balance y cuenta de resultados por su asamblea general.

Las empresas de inserción son sociedades que facilitan el acceso a un puesto de trabajo a desempleados que pertenecen a colectivos como los perceptores de rentas mínimas, jóvenes procedentes de instituciones de protección de menores, personas con problemas de drogodependencia en rehabilitación o internos de centros penitenciarios. Marín destaca que “estas empresas son fundamentales en el tejido empresarial, ya que ayudan a potenciar la empleabilidad de un colectivo que presenta muchas dificultades para poder acceder al mercado laboral”.

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Categoría nota prensa: Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital