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Inscripción/Actualización en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP) (código 546) (SIA 206778)

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Información Básica

Objeto:

Es un registro público que tiene como finalidad facilitar la concurrencia de licitadores y agilizar la tramitación de los expedientes de contratación pública.

Tiene por objeto la inscripción de los datos y las circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de los empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público.

 

Información de Interés

¿Para qué sirve la inscripción en ROLECSP?

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, ROLECSP, tiene por objeto la inscripción de los datos y circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de empresas y empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público, incluidas las facultades de sus representantes y apoderados.

Todas las inscripciones practicadas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tienen, sin distinción alguna, los mismos efectos acreditativos y eficacia plena frente a todos los órganos de contratación del Sector Público.

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se regula de conformidad con lo dispuesto en los artículos 337 a 345 de La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en los artículos 8 a 20, del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico.

Los empresarios pueden inscribir en él los datos a los que se refiere el artículo 339 de la Ley, y sus certificados acreditan frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en ellos reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

El Registro tiene carácter electrónico, haciéndose constar en formato electrónico los datos en él inscritos. Sus certificados tienen igualmente carácter electrónico.

¿Cómo aportar la documentación en el ROLECSP?

Con carácter general toda la documentación acreditativa de los datos que haya solicitado inscribir deberá aportarse a través del formulario electrónico. Cada documento deberá digitalizarse y adjuntarse de forma independiente.

Los documentos requeridos para acreditar las inscripciones deben ser fehacientes (documentos originales o copias autenticadas ante Notario), y deben aportarse por cualquiera de estos procedimientos junto a una copia del acuse de recibo de la solicitud de inscripción en ROLECSP:

1.  Archivos electrónicos firmados electrónicamente por la autoridad que los expide (de Notarios, Registradores Mercantiles, Registros de Asociaciones, Registros de Cooperativas, etc.), no por el solicitante, o si son documentos con código seguro de verificación comprobables en la web de origen que los emite (de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, etc.).

2. Presentación de la documentación original para su digitalización en cualquiera de los Puntos u Oficinas de Registro habilitados para ello en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en aplicación de los dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para ello, se presentará la documentación original de que se trate, acompañando una copia del acuse de recibo de la solicitud de inscripción en el ROLECSP, así como  la instancia general de digitalización de documentación que se encuentra a su disposición pinchando en este enlace 

3. Envío por correo certificado u ordinario de documentación original a: Registro de Licitadores, Junta Regional de Contratación Administrativa, C. de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, Avda Teniente Flomesta, s/n, 30001, Murcia.

¿Tengo número de inscripción en el ROLECSP? ¿Se ha mantenido el que tenía en el Registro Oficial de Licitadores de Murcia tras la integración?

Su número de inscripción ahora coincide con el NIF de la empresa (si es una persona jurídica) o del empresario (si es una persona física).

El Certificado de inscripción se emite de forma telemática. La fecha que figura en el mismo es la de su emisión y no contiene un número de inscripción como tal, sino que, como se ha indicado,  éste coincide con el NIF de la persona jurídica o de la persona física inscrita.

¿Es obligatoria la inscripción?

Con carácter general, la inscripción en ROLECSP es voluntaria. Además es gratuita y exime a las empresas y empresarios de presentar, en cada procedimiento de contratación al que concurran, la documentación acreditativa de su personalidad y capacidad de obrar, representación, clasificación y solvencia económica y financiera, siempre y cuando estos datos figuren correctamente inscritos en ROLECSP y se mantengan actualizados.

Sólo hay un supuesto en que la inscripción es obligatoria: para participar en los procedimientos abiertos simplificados y en los simplificados abreviados regulados en el artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que establece que  todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia. A estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud, emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. Esta obligación entró en vigor el 9 de septiembre de 2018.

¿Quién puede inscribirse en el Registro?

• Puede inscribirse cualquier persona, física o jurídica, de nacionalidad española o extranjera, que tenga capacidad de obrar y desee contratar con la Administración.

• Corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las inscripciones en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de los empresarios que tengan su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y así lo soliciten ante la Junta Regional de Contratación Administrativa.

• En caso de que el domicilio social esté ubicado en otra comunidad autónoma, el expediente debe tramitarse ante la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de Contratos del Ministerio de Hacienda y Función Pública o, si el domicilio radica en una comunidad autónoma que se ha integrado en el Registro, ante los órganos de la comunidad autónoma en cuestión.

¿Qué organismo realiza la inscripción de empresas y empresarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia?

Mediante Orden de 8 de marzo de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, se establece la integración  en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público toda la información contenida  en el Registro de Licitadores, y el Registro de Empresas Clasificadas, ambos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la supresión de ambos Registros autonómicos, produciéndose la efectiva integración el día siguiente al de la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, lo que ha tenido lugar el 15 de marzo de 2023. En la integración se ha transferido al ROLECSP la información vigente, susceptible de inscripción en el mismo, relativa a los empresarios y otros operadores económicos inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma.

Una vez presentada la solicitud de inscripción y la documentación complementaria, la adopción de la correspondiente Resolución compete al/la Secretario/a General de la Consejería con competencias en materia de Hacienda, y por delegación de firma a la Secretaria de la Junta Regional de Contratación Administrativa.

La Secretaría de  la Junta Regional de Contratación Administrativa es el Servicio encargado de la tramitación de los expedientes de inscripción en ROLECSP de las empresas y los empresarios individuales que tengan su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Puede contactar con dicho Servicio  dirigiendo un correo electrónico a junta-ca@listas.carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

¿Qué periodo de validez tienen las inscripciones?

La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tiene una vigencia indefinida, sin perjuicio de la obligación de las empresas y empresarios de mantener actualizados los datos inscritos.

Las empresas y empresarios inscritos están obligados a poner en conocimiento del Registro cualquier variación que se produzca en sus datos en él reflejados, así como la superveniencia de cualquier circunstancia que determine la concurrencia de una prohibición de contratar susceptible de inscripción en dichos registros.

¿Cómo obtener la inscripción inicial en el Registro o la posterior modificación de datos o el alta de nuevos datos?

• Paso 1.- Tramitación de la solicitud de inscripción en la página web de ROLECSP.

Para obtener la inscripción inicial en el Registro o, posteriormente, la modificación de datos inscritos o el alta de nuevos datos, deberá tramitarse necesariamente una solicitud en la dirección electrónica de ROLECSP: https://registrodelicitadores.gob.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica acreditando la identidad del solicitante mediante certificado electrónico de representación de la empresa emitido por la FNMT o con DNI electrónico en el caso de los empresarios, personas físicas. Es necesario, además, tener instalada la aplicación autoFirma para poder firmar la solicitud de inscripción.

Paso 2.- Aportación de la documentación acreditativa necesaria para la inscripción:

Una vez tramitada la solicitud electrónica, por el empresario o por el administrador o representante de la empresa, deberá aportarse la documentación acreditativa de los datos que constan en la solicitud.

La información relativa a la documentación a aportar está a su disposición en un documento aparte.

• Paso 3.- Obtención del Certificado de inscripción:

Los administradores y representantes de las entidades inscritas, así como los empresarios, pueden obtener los certificados de inscripción  por vía telemática, solicitándolos en la dirección electrónica del Registro, y acreditando su identidad mediante el uso de un certificado electrónico.

Información: 

Se encuentra a su disposición el Manual e usuario en el siguiente enlace

Relación de documentación a presentar ROLECSP. Enlace

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Ventajas de estar inscrito en el ROLECSP:-Simplificar, agilizar la tramitación y en algunos casos, eliminar la necesidad de entrega de documentación redundante en los procesos de licitación en los que participan las empresas.-Todas las inscripciones practicadas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tienen, sin distinción alguna, los mismos efectos acreditativos y eficacia plena frente a todos los órganos de contratación del Sector Público.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La Resolución es susceptible de ser recurrida en alzada ante el titular de la Consejería. 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 121 y 122:

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPRESA (A14036679)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1.- Podrán solicitar la inscripción en el  Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP), aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su capacidad para contratar, y no estén incursos en prohibición de contratar.

2.- En el Registro puede figurar la siguiente información de las empresas:

_ La relativa a la personalidad y capacidad de obrar.

_ Sus representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente.

_ Su clasificación como contratista de obras y/o empresa de servicios.

_ Las autorizaciones o habilitaciones profesionales de que disponen.

_ Los datos de sus cuentas anuales.

_ Las prohibiciones de contratar que les afecten.

Requisitos posteriores

La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tiene una vigencia indefinida, sin perjuicio de la obligación de las empresas y empresarios de mantener actualizados los datos inscritos.

Las empresas y empresarios inscritos están obligados a poner en conocimiento del Registro cualquier variación que se produzca en sus datos en él reflejados, así como la superveniencia de cualquier circunstancia que determine la concurrencia de una prohibición de contratar susceptible de inscripción en dichos registros.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Inscripción/Actualización en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP)
  • Acreditación
    (No obligatorio / Original)
    Instancia general a presentar en cualquier punto de registro habilitado de la CARM, en caso de que se precise digitalizar documentos para su incorporación al expediente.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:

SECRETARIO/A GENERAL ECON.,HAC.F.E. Y ADMON.DIGITAL
Conforme dispone el artículo 21.1 y 3 del Decreto 121/2002, de 4 de octubre, por el que se regula el Registro Público de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia