En el cuadro que se detalla a continuación se indican las validaciones que se van a realizar respecto a la vinculación del subproyecto a una convocatoria.
Acción Fase |
Creación |
Fiscalización |
Contabilización |
R |
Advertencia |
Advertencia |
Advertencia |
A |
Advertencia |
Advertencia |
Advertencia |
D |
Advertencia |
Advertencia |
Error |
Esto es, hasta la contabilización de cualquier documento que lleve la fase “D” no será necesario que esté vinculado el subproyecto a la convocatoria.
SIN EMBARGO, para hacer documentos R, A y D, en la creación de expedientes relacionados con el TESEO (esto es, de partidas no excluidas), se validará la obligatoriedad de introducir el subproyecto, para aquellas partidas que sea necesario, de los capítulos 4 y 7, y como se ha indicado, no hayan sido excluidas previamente.
Como conclusión: Para hacer los documentos ( R, A, AD, D) es necesario que previamente se haya solicitado la creación del subproyecto, y este haya sido creado por la D.Gral de Presupuestos. Sin embargo, la carga de la base reguladora y la convocatoria, y la posterior vinculación de esta última al subproyecto o subproyectos correspondientes, no será necesario hasta contabilizar la fase “D” o “AD”.