Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Establecer las condiciones generales para la solitud de la ayuda para la distribución de frutas y hortalizas en las escuelas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la campaña 2020-2021.
Tanto personas físicas como jurídicas que sean proveedores o distribuidores de los productos o bien se trate de cualquier organismo público o privado para dirigir la distribución de fruta y hortalizas, incluidas en el listado de participantes emitido por el FEGA para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, campaña 2020/2021.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que cumplan los objetivos de la Orden.
2. No podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en los artículos 18 a 21 de su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Los solicitantes acreditarán que no están incursos en ninguna de esas circunstancias mediante una declaración responsable incluida en la propia solicitud. No obstante, la comprobación de que aquéllos están al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social se realizará, inmediatamente antes de dictar la propuesta de resolución provisional, de oficio por el órgano instructor, que por vía telemática recabará de las correspondientes dependencias administrativas los certificados oportunos. A tal efecto, se entenderá que, con la presentación de la solicitud, el interesado autoriza la obtención telemática de tales certificados, si bien aquél podrá denegar su consentimiento en la solicitud, en cuyo caso deberá ser él mismo el que aporte los certificados junto a la solicitud.
3. Tampoco podrán adquirir la condición de beneficiario quienes tengan deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos establecidos en la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La comprobación de este extremo se realizará, inmediatamente antes de dictar la propuesta de resolución provisional, de oficio por el órgano instructor, que por vía telemática recabará de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia el certificado correspondiente. A tal efecto, se entenderá que, con la presentación de la solicitud, el interesado autoriza la obtención telemática del certificado, si bien aquél podrá denegar su consentimiento en la solicitud, en cuyo caso deberá ser él mismo el que aporte los certificados junto a la solicitud.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL INDUST. ALIMEN. Y ASOCIAC.AGR |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |