Solicitud de ingreso en plazas residenciales financiadas por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) para personas mayores no dependientes (código 770) (SIA 206878)

Información Básica

Objeto:

Informar sobre las condiciones y requisitos de admisión e ingreso en plazas residenciales financiadas por el IMAS para personas mayores NO DEPENDIENTES.

Las personas mayores dependientes (Grado 2 ó 3 reconocido) que deseen solicitar ingreso en residencia pública deberán utilizar la solicitud adjunta en el procedimiento  "Solicitud de cambío de prestación o servicio del sistema de la dependencia. Personas Mayores." (código Guía de servicios 2423).

 

Información de Interés

  • Las solicitudes también podrán ser facilitadas en los centros residenciales, Centros de Servicios Sociales y en el IMAS y se presentarán preferentemente en el Centro de Servicios Sociales correspondiente.
  • El informe social será expedido y aportado por el/la Trabajador/a Social al resto de la documentación a presentar.
  • Se puede solicitar traslado de residencia, desde el mismo día del ingreso, presentando nueva solicitud en el modelo normalizado a través de la misma residencia donde se encuentra ingresada la persona interesada.
  • Las personas mayores dependientes (Grado 2 ó 3 reconocido) que deseen solicitar ingreso en residencia pública deberán utilizar la solicitud adjunta en el procedimiento  "Solicitud de cambío de prestación o servicio del sistema de la dependencia. Personas Mayores." (código Guía de servicios 2423).

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personas mayores de sesenta años NO DEPENDIENTES, en situación de carencia sociofamiliar.Existen dos tipos de atención residencial:a) A personas mayores con carencia sociofamiliar.b) A personas mayores con enfermedad mental crónica (atención psicogeriátrica) con carencias sociofamiliares.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Un mes

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G. PERSONAS MAYORES (A14013939)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Requisitos comunes:
    • Ser mayor de sesenta años.
    • Que la persona solicitante sea orientada y su solicitud tramitada desde los Servicios Sociales Municipales como presentadores de la solicitud.
    • Haber residido en la Región de Murcia durante al menos dos años o tener parientes por consanguinidad hasta el segundo grado, que hayan residido en la Región de Murcia durante los dos años anteriores a la fecha de la solicitud. Este requisito se entenderá, en todo caso, cumplido para los nacidos en la Región de Murcia.
  • Requisitos especiales: Podrá reconocerse el derecho de admisión al tiempo que al solicitante a quienes, no reuniendo los requisitos anteriores, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    • Ser cónyuge o persona con la que conviva habitualmente en forma análoga a la marital.
    • Ser pariente por consanguinidad hasta el primer grado, o por consanguinidad colateral hasta el segundo grado, cuando exista dependencia respecto del solicitante, y no se hayan obtenido recursos adecuados a sus necesidades.

Requisitos posteriores

El ingreso deberá efectuarse en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la Resolución. Si transcurriera dicho plazo sin formalizarse el ingreso en el Centro por causa imputable al adjudicatario/a, se le tendrá por decaído/a en los derechos de admisión y de ingreso.

En el plazo señalado para el ingreso se podrá solicitar su ampliación ante la Dirección General de Personas Mayores del IMAS, cuando concurran circunstancias temporales que impidan efectuarlo, aportando documentación justificativa.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud ingreso en Residencias Personas Mayores (No Dependientes)
  • Libro de familia
    (No obligatorio / Original)
    Fotocopia compulsada del Libro de Familia cuando se trate de acreditar el matrimonio o el parentesco.
  • Acreditación
    (No obligatorio / Original)
    La convivencia análoga a la marital, se acreditará mediante certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho o mediante escritura pública otorgada ante notario.
  • Informe médico
    (Obligatorio / Original)
    Informe médico en modelo normalizado que acredite la situación sanitaria. Este informe es un documento único que está compuesto de 4 páginas. En todas ellas deberá figurar el nombre del solicitante y la firma del facultativo que lo cumplimente.
  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    Informe social emitido por los Servicios Sociales del Municipio.
  • Sentencia judicial
    (No obligatorio / No original)
    Sentencia judicial en el caso de separación o divorcio.
  • Pensión por manutención
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de separación o divorcio.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración de procedencia de ingresos económicos del interesado en el caso de ingresos del extranjero.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de incapacitación judicial del solicitante.
  • Acta notarial
    (No obligatorio / No original)
    Para acreditación de representación por el interesado en otra persona.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (No obligatorio / No original)
    Certificado histórico de convivencia.
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Consulta de situación laboral en la Seguridad Social (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • Consulta de defunción (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD.
Información adicional sobre recursos
Podrá interponerse ante la Propia Consejería o ante la Dirección Gerencial del IMAS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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