Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Registro Administrativo de Sociedades Laborales (código 722) (SIA 206869)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Calificar la inscripción de los actos de constitución, modificación de los estatutos sociales, adaptación, transformación, disolución, liquidación y descalificación de sociedades laborales.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Sociedades Anónimas Laborales y Sociedades Limitadas Laborales, con domicilio social y centros de trabajo en la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL (A14046234)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para la constitución de la sociedad laboral, la escritura pública deberá contener una cláusula autorizando al que aparezca designado como legal representante para realizar la tramitación electrónica correspondiente ante la administración regional.La solicitud deberá ser presentada telemáticamente por el representante legal o persona autorizada para ello.

DOCUMENTACIÓN PARA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

Primero.- Escrituras otorgadas con anterioridad a 1 de marzo de 2024.

Las escrituras otorgadas con anterioridad a 1 de marzo de 2024 podrán ser presentadas en el Registros de Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales por una doble vía.

1.-Presentación a través del notario otorgante por medio de la plataforma ANCERT: el notario asume la condición de representante del interesado y  realizará la presentación y subsanación, en su caso, vía electrónica, por la plataforma habilitada por el Colegio Notarial.

2. – Presentación por cuenta del interesado: Presentación de la solicitud por la sede electrónica  https://sede.carm.es/  código de procedimiento 722 (sociedades laborales) o 723 (sociedades cooperativas), incluyendo la copia simple escaneada.

Adicionalmente al trámite anterior se presentará la copia autorizada en PAPEL para su remisión al Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales de la Región de Murcia, en cualquier oficina de asistencia en materia de registro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ventanillas únicas de los Ayuntamientos de la Región o registros de la Administración General del Estado.

Una vez realizada la inscripción en el Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales de la Región de Murcia, el citado registro devolverá al interesado la copia autorizada en papel.

Segundo.- Escrituras otorgadas después del 1 de marzo de 2024.

Las escrituras otorgadas con posterioridad al 1 de marzo de 2024 podrán ser presentadas en el Registros de Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales por una doble vía.

1.- Presentación a través del notario otorgante por medio de la plataforma ANCERT: el notario asume la condición de representante del interesado y  realiza la presentación y subsanación, en su caso, vía electrónica, por la plataforma habilitada por el Colegio Notarial.

2.- Presentación por cuenta del interesado: Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración. Por ello podrán obtener una copia autorizada electrónica de la escritura en vez de copia autorizada en papel a través del Portal notarial del ciudadano (https://www.portalnotarial.es/portal/web/guest/portal-notarial-del-ciudadanoAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica)  y presentar dicha copia por la https://sede.carm.es en el procedimiento correspondiente: 722 (sociedades laborales) o 723 (sociedades cooperativas).

No se admitirá la presentación en papel de escrituras otorgadas con posterioridad a 1 de marzo de 2024.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Registro Administrativo de Sociedades Laborales
  • Escritura pública
    (No obligatorio / Original)
    Copia simple electrónica
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / Original)
    Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil
    (No obligatorio / Original)
    Copia electrónica auténtica de la escritura de constitución y, en su caso, de las modificaciones de Estatutos, previos al acuerdo de solicitud de calificación de la sociedad como laboral . Han de estar debidamente inscritas en el Registro Mercantil. Copia electrónica auténtica emitida por las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la CARM de la Certificación literal del Registro Mercantil sobre los asientos vigentes relativos a la sociedad. [Si la sociedad es limitada o anónima y quiere transformarse en Laboral]
  • Certificado relación de socios
    (No obligatorio / Original)
    Copia electrónica auténtica expedida por las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM del Libro de Registro de Socios. [Si la sociedad es limitada o anónima y quiere transformarse en Laboral]
  • Certificación
    (No obligatorio / Original)
    Certificación de la titularidad del capital social firmado electrónicamente por el representante legal de la Sociedad(resultante del Libro de Registro de acciones nominativas o socios correspondiente). [Si la sociedad es limitada o anónima y quiere transformarse en Laboral]

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia