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Organización y Funciones

Entidad de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia

Ente Público > Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Dirección: C/ Santiago Navarro, 4, (Espinardo), Murcia    Ver la ubicación en Google Maps - Este enlace se abrirá en una nueva ventana
Teléfono: 968 87 95 20 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Funciones:

La Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales que desarrollará y complementará las funciones que en esta materia corresponden a la Comunidad Autónoma con la que se relacionará por medio de la Consejería competente en saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas. Se configura como una entidad de derecho público y, con las debidas garantías jurídicas, aportará agilidad y eficacia en el desarrollo de las actividades que se le encomiendan.

En su estructura administrativa superior participan representantes de las principales áreas afectadas de la Administración Regional y, en especial, de la Consejería que tiene encomendadas las competencias de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas. Además, para garantizar la coordinación con otras administraciones y sectores sociales, se establece la creación de un Consejo de Participación con representación de los municipios, de la Administración del Estado y de los usuarios.

El objetivo principal de la Entidad es garantizar la explotación y conservación de las instalaciones públicas de saneamiento y depuración. Para ello recauda el canon de saneamiento y se ocupa de gestionar la explotación y conservación, directamente o financiando la gestión de los propios municipios, inspeccionando, en este caso, el destino finalista de los fondos y controlando el resultado de la actividad.

De forma complementaria, también se ocupará de ejecutar las obras que se le encomienden así como otras funciones acordes con su naturaleza.

NOTA: La Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas suprime el Ente Público del Agua y modifica la ley 3/2000, de 12 de julio, para ampliar los fines, funciones y competencias de ESAMUR que asume las derivadas de la extinción del citado Ente en materia de gestión, producción y explotación de recursos hídricos destinados al abastecimiento de agua en la Región de Murcia y obtenidos por el procedimiento de la desalación de aguas marinas, en instalaciones de titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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