La Secretaría General ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Asimismo, asume también el impulso, planificación y desarrollo de cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación