1. Le corresponde el ejercicio de las funciones de gestión, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes y en especial, el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Coordinar las actuaciones de la Consejería y de su Ente Público adscrito con otros Organismos y Entidades no pertenecientes a la Administración Regional.
b) Coordinar las actuaciones de la Consejería ante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a fin de vertebrar la adecuada participación de los diferentes Centros Directivos y unidades administrativas de la Consejería en las Comisiones y Grupos de Trabajo que se constituyan en el seno de aquél.
c) Actuar de unidad de comunicación y enlace ante la Secretaría Permanente del citado Consejo Interterritorial en relación a los asuntos que sean sometidos a informe de la Consejería.
d) La coordinación y remisión, en colaboración con los órganos o unidades competentes, de los asuntos e informes de la Consejería que se han de elevar al Ministerio de Sanidad y Consumo y, en especial, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional del Salud.
e) El seguimiento de la ejecución de los acuerdos adoptados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
f) Realizar actuaciones de desarrollo y fomento de las relaciones con otras Consejerías de Sanidad y sus Servicios de Salud, con las Corporaciones locales y con otras entidades y organizaciones sanitarias.
g) Realizar actuaciones de coordinación intraadministrativa con el resto de Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de los órganos de coordinación existentes en los que participe la Consejería a través de alguno de sus centros directivos.
h) Organización de actos públicos, protocolo, imagen y publicidad de la Consejería y de su Ente de Derecho Público, en coordinación con el órgano correspondiente de la Consejería de Presidencia.
i) Realizar la coordinación y apoyo a los órganos de participación social: Consejo de Salud de la Región de Murcia.
j) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.