Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Campings, áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares: altas, bajas y modificaciones (código 655) (SIA 206838)

Información Básica

Objeto:

Obtener la clasificación turística para los alojamientos turísticos en las modalidades de campings y áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares en la Región de Murcia. Así como la comunicación de las posibles modificaciones de establecimientos ya clasificados, o el cierre (temporal o definitivo) de los mismos en el Registro  de Empresas y Activiadades Turistícas.

 

Información de Interés

El alojamiento en los establecimientos de referencia se realizará en las modalidades de:

a) Camping

b) Área de autocaravanas, caravanas, camper y similares.

Los campings se clasifican, en atención a sus instalaciones, servicios y características, en cinco categorías: cinco, cuatro, tres, dos, una estrellas, y las áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares tendrán categoría única.

Los campings, áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares podrán instalarse en aquellos lugares permitidos por la normativa urbanística de aplicación, respetando las previsiones aplicables en materia de planeamiento urbanístico y ordenación del territorio, protección de la naturaleza, costas, patrimonio cultural, cauces públicos e inundabilidad y demás normativa que resulte de aplicación.

Si se pretende instalar en el interior del camping nuevos elementos fijos de alojamiento o construcciones para otras modalidades de alojamiento turístico o la modificación sustancial de los existentes, y el planeamiento urbanístico no contiene determinaciones al respecto, será necesaria la aprobación de un Plan Especial u otro instrumento urbanístico adecuado que defina la edificabilidad y resto de condiciones de edificación aplicables.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Desde la presentación completa de la declaración responsable, se podrá ejercer la actividad turística, debiendo, no obstante, cumplir la normativa que les sea de aplicación y estar en posesión de otras licencias, autorizaciones u otros títulos de intervención que sean exigidas por otros Organismos en virtud de sus respectivas competencias. Dicha presentación permitirá al interesado utilizar la clasificación y categoría consignada en su declaración responsable, y su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, sin perjuicio de lo que resulte de la comprobación que podrá ser llevada a cabo.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes,  si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Procedimiento de Clasificación Turística (Altas):

Los titulares de los campings y áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares, una vez concluidas las obras, con carácter previo al inicio de la actividad, deberán presentar ante el organismo administrativo competente en materia de turismo una declaración responsable para la clasificación turística, según modelo normalizado, a los efectos que establece el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que constará como mínimo:

a) Datos del titular y representante en su caso.

b) Manifestación de que se cumplen todos los requisitos establecidos en este decreto según la modalidad y categoría pretendida, especialmente lo relativo en materia de accesibilidad, que disponen de la documentación que así lo acredita y que se comprometen al mantenimiento de su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad.

c) Manifestación de disponibilidad de los terrenos para ser destinados a alojamiento turístico.

d) Manifestación de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil al que se refiere el artículo 15 del presente decreto y compromiso de mantenerlo en permanente vigencia.

e) Categoría pretendida.

f) Designación del director o responsable del establecimiento.

g) Manifestación de disponer del certificado final de obra o licencia de actividad o, en su defecto, certificado de técnico competente acreditativo del cumplimiento de los requisitos técnicos generales y específicos exigidos por el presente decreto.

h) Manifestación de tener a disposición de la inspección de turismo, aportándolos por cualquier medio cuando le sean requeridos, los planos del establecimiento: situación y emplazamiento, parcelario, cotas y superficies de dependencias de uso común, cotas y superficies y con mobiliario de los diferentes tipos de elementos fijos de alojamiento, en su caso.

i) Manifestación de que se ha confeccionado el reglamento de régimen interior y que dispone de manual o plan de emergencia o autoprotección.

j) Manifestación de que el agua procede de una red de distribución dada de alta en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC), y de que en caso contrario dispone de informe sanitario favorable sobre el origen del agua y de que los tratamientos de depuración previstos son adecuados para garantizar que es apta para el consumo humano.

k) Relación de parcelas, y de los elementos fijos de alojamiento en su caso, con indicación de su identificación, superficie, capacidad y servicios de que están dotados

Comunicación de modificaciones (Cambios)

Los titulares de los establecimientos deberán comunicar al organismo administrativo competente en materia de turismo cualquier cambio de titularidad, denominación, ampliación, modificación o reforma sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística y cualquier otra modificación que afecte a los datos que figuran en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, en el plazo de un mes desde que se produzcan.

Comunicación de cierre ( Baja)

Los campings, áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares ofrecerán sus servicios durante todo el año. No obstante, si existieran periodos de inactividad sus titulares deberán comunicarlo previamente al órgano administrativo competente en materia de turismo.  Por otra parte, los titulares de los establecimientos deberán comunicar al organismo administrativo competente en materia de turismo el cese definitivo de la actividadcon al fin de proceder a la baja en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia

Requisitos posteriores

Los campings, áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares tiene que disponer de:

Hojas de reclamaciones.

Deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones en los términos establecidos en el Decreto nº 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Su existencia se anunciará al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en español, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia, de 20 de diciembre.

Precios.

Las relaciones de precios deberán figurar en lugares perfectamente visibles y legibles que permitan su lectura sin dificultad, para garantizar su previo conocimiento por los clientes. En ningún caso se podrán cobrar precios superiores a los que estén expuestos al público. Si existiera cualquier contradicción en su publicidad, se aplicará el precio inferior.Los precios deberán hacer mención expresa de llevar incluido el impuesto sobre valor añadido.

Distintivos

En todos los establecimientos será obligatoria la exhibición, junto a la entrada principal y en lugar visible, del distintivo o placa identificativa, conforme a su normativa de aplicación, donde conste la categoría del establecimiento

Documentos a aportar junto con la solicitud

Declaración Responsable de Clasificación Turística de campings, áreas de autocaravanas, caravanas, camper y similares
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
  • Relación
    (No obligatorio / No original)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Justificante del pago de la TASA T330 cuando al titular del alojamiento no le sea aplicable la exención contemplada en la Disposición adicional decimocuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, modificado por el artículo 59 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020. Salvo en el caso de presentar la declaración responsable para comunicar la baja del estableciendo o ciertas modificaciones que no implique aumento de la capacidad alojativa del establecimiento.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia