Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0648 - Renta básica de inserción
Objeto
Prestar una ayuda económica a personas o unidades familiares para atender sus necesidades básicas, con el fin último de facilitar su inserción social.
Destinatarios
Ciudadanía.
Población carente de recursos.
Requisitos
Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho por un tiempo no inferior a cinco años.
Estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y tener residencia efectiva durante el año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud.
Ser mayor de 25 años y menor de 65, salvo excepciones recogidas en el artículo 7.c), de la Ley 3/2007 de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Constituir una unidad de convivencia independiente.
Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 3/2007.
No tener acceso a otras prestaciones de desempleo, pensión o ayuda de análoga naturaleza proveniente de la Administración Pública, por importe igual o superior a la cuantía de la prestación correspondiente.
Participar junto con los miembros de la unidad de convivencia en un proyecto individual de inserción.
Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad (D.N.I.) en vigor del solicitante.
Para ciudadanos comunitarios: fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, y pasaporte o documento de identidad en vigor de su país de origen de todos los miembros de la unidad de convivencia (la documentación del solicitante debe estar compulsada).
Para ciudadanos no comunitarios: fotocopia del Permiso de Residencia en vigor de todos los miembros de la unidad familiar (la documentación del solicitante debe estar compulsada).
Para ciudadanos no comunitarios: fotocopia compulsada de todas las hojas del pasaporte en vigor del solicitante. En el caso de que éste se haya expedido durante el año anterior a la solicitud, también deberá aportar copia compulsada del pasaporte anterior. (Desde Servicios Sociales se incorporará diligencia que haga constar que han sido fotocopiadas las hojas que contienen datos).
Certificado de empadronamiento que acredite la residencia del solicitante en España durante cinco años (sólo para nacionales).
Certificado de empadronamiento en el que se acredite que el solicitante reside en la Región de Murcia, al menos un año antes de la presentación de la solicitud y en el que consten todos los miembros incluidos en la misma hoja padronal.
Certificado del Ayuntamiento relativo al Impuesto Municipal de circulación de vehículos de todos los adultos de la unidad familiar.
Fotocopia del documento bancario en el que figure como titular el solicitante o perceptor, en su caso, así como el número de código cuenta cliente (IBAN).
Fotocopia del D.N.I./N.I.E. en vigor o C.I.F del perceptor, cuando éste sea distinto del solicitante.
En el supuesto de realizar actividad laboral: acreditación de los ingresos que perciban los adultos de la unidad familiar (nóminas, certificado de empresa, declaración del IVA correspondiente al último trimestre, en caso de trabajadores autónomos o declaración de ingresos, en caso de realizar actividad laboral no reglada).
En el supuesto de separación o divorcio: fotocopia de la sentencia de separación o divorcio, o justificante de haber iniciado los trámites.
Acreditación de la pensión compensatoria percibida (sentencia o convenio regulador) o reclamación judicial de la misma.
En el supuesto de existir menores en edad:
Fotocopia de todas las hojas del libro de familia/partida de nacimiento.
En el supuesto de existir menores en edad:
Documento acreditativo de la escolarización de los menores.
En el caso de separación de sus progenitores:
Guarda y derecho de alimentos, o en su defecto, acreditación de haber iniciado los trámites legales oportunos.
Documento acreditativo de la cuantía percibida en concepto de derecho de alimentos o, en su defecto, reclamación judicial de la misma.
Certificado acreditativo de encontrarse en régimen de internado (residencia, prisión), en el que se indique el periodo de permanencia.
Otros:
Cualquier otro documento que a juicio del tramitador sea relevante para la valoración de la solicitud.
Otros específicos para circunstancias concretas.
(*) No está obligado a presentar los documentos marcados con *, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder los datos/documentos de forma electrónica o por otros medios. EN EL CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD ( art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
- El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Cumplimentación manual
- La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Lugares presentación
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social
Plazo de resolución
2 Meses
Este plazo quedará interrumpido cuando deba requerirse al interesado subsanación de defectos o la aportación de documentos y/o deban solicitarse informes preceptivos y determinantes del contenido de la resolución a órgano de la misma o distinta Administración.
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la Administración Regional | ||
Alzada | Presidenta del Instituto Murciano de Acción Social |
La información y orientación de las solicitudes se realizará desde los servicios sociales municipales.