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Servicio de Sanidad Vegetal

Normativa

El Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) se encuadra dentro de los medios de producción agraria, cuya competencia, según el Decreto 173/2019, de 28 de junio, en su artículo 7, está asumida por la Dirección General de Producción Agrícola, Ganadera y del Marino, quedando incluido dentro del Servicio de Sanidad Vegetal.

Normativa

Actualmente, la normativa que rige dicho registro es el Real Decreto 448/2020Este enlace se abrirá en ventana nueva, de 10 de marzo.

Para la inscripción de la maquinaria agrícola, los titulares de las máquinas que se encuadren en los apartados a y b del artículo 17.4 deberán estar inscritas en el Registro general de la producción agrícolaEste enlace se abrirá en ventana nueva (REGEPA), en el Registro General de explotaciones ganaderasEste enlace se abrirá en ventana nueva (REGA) o en el Registro de explotaciones agrarias de la Región de MurciaEste enlace se abrirá en ventana nueva (REA)