A través de este procedimiento se pueden realizar las siguientes acciones:
1.-Autorizar a las entidades interesadas para impartir cursos para el personal que realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con riesgo de legionelosis,.
2.-Autorizar cualquier cambio que una entidad ya autorizada pretenda realizar con respecto a las condiciones presentadas para la obtención de la autorización inicial.
3.- Acreditar nuevos profesores para el curso.
4.-Comunicar nueva edición del curso (acción exenta de tasa).
Para ello se dispone de tres modelos normalizados:
- Solicitud de autorización a entidad para impartir cursos
-Solicitud de acreditación de nuevos profesores
-Comunicación de nueva edición del curso
La autorización para impartir cursos tiene validez indefinida.
Las entidades ya autorizadas están obligadas a comunicar a la Dirección General de Salud Pública, con una antelación de al menos 15 días, la programación de los cursos que vayan a impartir, especificando fechas, horario, lugar de impartición y relación de asistentes, así como el lugar, fecha y hora del examen.
El titular de la entidad y el director del curso serán los responsables de mantener las condiciones que dieron lugar a la autorización. Cualquier modificación deberá solicitarse a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
En caso de cese de la actividad el titular de la entidad y/o director del curso deberá comunicarlo a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos”.
Centros docentes públicos o privados, universidades, organizaciones, asociaciones profesionales y administraciones públicas que deseen impartir cursos de formación de mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con riesgo de legionelosis.
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)
Requisitos para la Autorización para impartir cursos:
a.-Disponer tanto de local como de material pedagógico, audiovisual y de prácticas adecuado.
b.-Contar con profesorado con titulación académica relacionada con la materia a impartir, de la que al menos una debe pertenecer al ámbito de ciencias de la salud y otra a las ingenierías (industrial o química) o licenciatura en químicas, y experiencia laboral o docente en la materia.
c.- Impartir el temario homologado por el Ministerio de Sanidad para la Región de Murcia.
d.-Haber pagado la tasa correspondiente.
Documentos a presentar:
1) Solicitud de autorización a entidad
2) Memoria descriptiva
3) Curriculo del profesorado propuesto
4) Propuesta de profesorado
5) Titulaciones académicas o Autorizaciones de los profesores propuestos, al Órgano administrativo competente a obtener/ceder, de forma electrónica o por otros medios, a esta Administración Pública, otras Administraciones o Entes, de acuerdo con el artículo 6 b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en concreto los datos personales relacionados con la Titulación académica del profesorado
Para la solicitud de acreditación de nuevos profesores:
a) Contar con titulación académica relacionada con la materia a impartir, de la que al menos una debe pertenecer al ámbito de ciencias de la salud y otra a las ingenierías (industrial o química) o licenciatura en químicas, y experiencia laboral o docente en la materia.
b) Haber pagado la tasa correspondiente.
c) Documentos a presentar:
1) Solicitud de acreditación de nuevos profesores.
2) Propuesta de profesorado
3) Curriculo
4) Titulaciones académicas o Autorizaciones de los profesores propuestos, al Órgano administrativo competente a obtener/ceder, de forma electrónica o por otros medios, a esta Administración Pública, otras Administraciones o Entes, de acuerdo con el artículo 6 b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en concreto los datos personales relacionados con la Titulación académica del profesorado
Para la comunicación de nueva edición del curso:
a) Disponer de Autorización de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones para impartir este tipo de cursos y mantener las mismas condiciones que dieron lugar a la Autorización.
b) Presentar con 15 días de antelación al inicio del curso los siguientes modelos:
1) Comunicación de nueva edición del curso.
2) Programación de la actividad a desarrollar.
Una vez autorizada la entidad, cada vez que vaya a impartir una nueva edición del curso, sin modificación con respecto a las condiciones que se aportaron para la autorización ; deberá comunicarlo con al menos quince días de antelación al inicio del curso y tres meses si presenta cualquier modificación.
DOCUMENTOS NORMALIZADOS A PRESENTAR DURANTE EL CURSO:
1) Primer día del curso:
Hoja de firmas de alumnos y profesor.
2) Durante el curso:
Comunicación inmediata sobre cualquier incidencia que se produzca durante el curso.
3 ) A la finalización del curso:
a) Memoria justificativa final del curso.
b) Base de Datos con los alumnos que han asistido al curso y han superado las pruebas de aprovechamiento.
c) Hojas de firmas de alumnos y profesor de todos los días lectivos.
d) Encuestas de satisfacción de los alumnos.
e) En el caso de curso de actualización de conocimientos, copia compulsada por la entidad, de las certificaciones de aprovechamiento de todos los alumnos que pretendan renovar.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Adjuntar el modelo normalizado de comunicación que aparece en el apartado "Modelos e información para solicitudes" de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica, así como la programación del curso.
Para la tramitación de la autorización es necesario el pago de la tasa T010 Tasa General de Administración. 5) Emisión de Informe Técnico preceptivo para la Resolución de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |