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Servicios Sociales
Inmigración

Subvenciones en materia de inmigración y voluntariado para el año 2008

Orden de 4 de abril de 2008, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración por la que se convocan subvenciones en materia de inmigración y voluntariado Social para el año 2008.

BORM nº 101; 02/05/2008 Subvenciones destinadas a Instituciones sin fin de lucro y Corporaciones Locales. Abierto Plazo de presentación de solicitudes hasta 02/06/2008

Objeto

El objeto de la presente Orden es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales e Instituciones Sin Fin de Lucro para el desarrollo de proyectos, actividades o actuaciones en materia de Inmigración y Voluntariado Social, así como para la adquisición, construcción, remodelación, equipamiento y amortización de préstamos de centros que presten servicios en estas materias.

Beneficiarios

1. Corporaciones Locales .

2. Instituciones Sin Fin de Lucro.

Requisitos de las entidades solicitantes.

1.- Las entidades solicitantes de estas ayudas se ubicarán dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 de 16 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2004 de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, así como los que a continuación se detallan:

a) Estar inscritas en el registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia y de la Inspección, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto nº 54/2001, de 15 de junio.

b) Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.

c) Encontrarse, en su caso, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad Social, con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de la concesión.

d) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Las Instituciones Sin Fin de Lucro no estarán obligadas a aportar el veinticinco por ciento, como mínimo, de los costes del proyecto para el que se solicita la subvención, cuando vaya dirigida a financiar el mantenimiento de centros, la prestación de servicios y/o el desarrollo de actividades en el ámbito de la Inmigración, así como de Voluntariado Social.

3.- La exclusión de una entidad por incumplimiento de alguno de estos requisitos, se efectuará por resolución, en la que se expresen las circunstancias que la hubieren motivado y adoptando las medidas que en su caso pudieran ser legalmente oportunas.

Líneas de subvenciones

Acceso a los Procedimientos de Ayudas y Subvenciones de Inmigración

Tabla resumen de las líneas de subvención

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden. De 3 de Mayo de 2008 a 2 de Junio de 2008.

Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Información de contacto

Con el fin de facilitar la presentación de las solicitudes, se ha puesto a disposición de todas las entidades los siguientes RECURSOS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO:

1. Servicio Telefónico de Información:

  • Inmigración : 968 36 80 84, preguntando por Carmen Megías.
  • Voluntariado: 968 36 25 88, preguntando por Begoña García-Sampedro.

2. Servicio de Asesoramiento Individualizado, mediante concertación de cita previa, que funcionará durante el horario de atención al público de 9 a 14 horas.

3 .Correo electrónico, con las direcciones:

  • carmen.megias@carm.es
  • mbegona.garcia-sampedro@carm.es.

4. Fax, con número 968 36 68 51 (Inmigración) y 968 36 51 25 (Voluntariado).

 

La solicitud de subvención (ANEXO I), debe ir acompañada de los ANEXOS y documentos correspondientes a cada línea de subvención convocada.

Documentación para cada linea de subvención

Tipos de gasto para mantenimiento y actividades (Según ANEXO III-A)