Sistemas de responsabilidad ampliada del productor
Se definen como el conjunto de relaciones, procedimientos, mecanismos y actuaciones que, previa autorización y supervisión por las Comunidades Autónomas en cuyo ámbito territorial se implanten, pongan en marcha los agentes económicos interesados acuerdos voluntarios aprobados o autorizados por las Administraciones públicas competentes, o mediante convenios de colaboración con éstas, con la finalidad de garantizar la recogida selectiva de los residuos.
Los fabricantes tienen que hacerse cargo de los productos puestos en el mercado por ellos, de dos maneras:
Montando un sistema propio de gestión de sus propios residuos.
Adhiriéndose a un S.I.G./SCRAP
Sistemas Integrados de Gestión según tipo de residuo: