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Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Idoneidad del terreno para la instalación de una nueva explotación avícola y para la ampliación de las ya inscritas en el Registro Regional de Explotaciones Avícolas (REA) (código 462) (SIA 206729)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

 Resolver la idoneidad del terreno a efectos de sanidad animal.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Futuros titulares de instalaciones (en el caso de nuevas explotaciones)Personas físicas o jurídicas propietarias de terrenos sobre los que pretendan instalar una explotación avícola.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Condiciones de ubicación.

a) Cualquier explotación que se autorice e inscriba en el registro tras la entrada en vigor del presente decreto deberá guardar una distancia mínima de 500 metros con respecto a las explotaciones avícolas ya existentes, así como entre éstas y otros establecimientos o instalaciones que puedan constituir fuente de contagio, como las plantas de transformación de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, los mataderos de aves, las fábricas de productos para la alimentación animal, vertederos y  cualquier otra instalación donde se mantengan animales epidemiológicamente relacionados, sus cadáveres o partes de estos.

Para las explotaciones de selección, multiplicación e incubadoras independientes, la distancia mínima que se deberá respetar será de 1.000 metros respecto de los establecimientos e instalaciones anteriormente mencionados.

No serán de aplicación las citadas distancias mínimas cuando sea exclusivamente entre explotaciones de autoconsumo.

b) Las mencionadas condiciones de ubicación se aplicarán a las ampliaciones de superficie que realicen las explotaciones de aves ya inscritas con anterioridad a la publicación de este decreto, de modo que sólo podrán llevarse a cabo si se cumplen las condiciones establecidas en la letra a) de este apartado.

     Las ampliaciones estarán ubicadas en la misma finca cuya superficie esté bajo el mismo linde o en parecelas contiguas a la de la explotación original y serán del mismo titular.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Idoneidad del terreno para la instalación de una nueva explotación avícola y para la ampliación de las ya inscritas en el Registro Regional de Explotaciones Avícolas (REA)
  • Certificación catastral descriptiva y gráfica (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia