Actividades Juveniles de Ocio y Tiempo Libre en el Territorio de la Región de Murcia (código 442) (SIA 206719)

Información Básica

Objeto:

Regular las actividades de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia en las que participen 10 o más jóvenes, con edades comprendidas entre 12 y 30 años, cuando su ejecución requiera la pernoctación mínima de tres noches consecutivas fuera del domicilio habitual de los participantes.

Información de Interés

DECLARACIÓN RESPONSABLE

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 69 de la Ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Decreto nº 80/2013, de 26 de julio por el que se regulan las actividades de ocio y Tiempo Libre en el territorio de la Región de Murcia, el organizador realiza y suscribe bajo su responsabilidad la siguiente declaración responsable:

Declara que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para realizar la actividad que se informa, y que dispone de los documentos que así lo acreditan; comprometiéndome a mantener su cumplimiento durante el periodo de la misma, y poner a disposición de la autoridad competente, durante su desarrollo, la documentación indicada en el artículo 4.

En particular Declara, que:

  • Cuenta con el equipo técnico y los medios necesarios e idóneos para el desarrollo de la actividad.
  • Las actividades se desarrollarán en las condiciones medioambientales, de seguridad e higiénico sanitarias requeridas. Se suscribirán las pólizas de seguro exigibles, que estarán vigentes durante el tiempo de realización de la actividad.
  • En su caso, el centro o instalación donde se desarrolla la actividad reúne los requisitos exigidos por la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a su denominación y características.
  • Conoce el plan de evacuación de la instalación o instalaciones donde se va a realizar la actividad, o en su caso, dispone de un plan de emergencia elaborado para esta actividad.

EFECTOS

La comunicación previa y declaración responsable, permitirán el inicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección, que tengan atribuidas las Administraciones Públicas, así como la obtención, en su caso, de los permisos necesarios. La comunicación y declaración responsable deberán presentarse con una atención mínima de 15 días antes del inicio de la actividad.

INFORMACIÓN LEGAL

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a esta Comunicación / Declaración o la no presentación de la misma ante la Administración competente determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cualquier modificación que se produzca respecto de la situación anterior, deberá comunicarse a la Dirección General competente en materia de Juventud de la CARM, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Administración Pública.

INSPECCIONES

-La Administración Regional podrá realizar las Inspecciones y aplicar las sanciones que, en su caso correspondan, conforme a lo establecido en el Capítulo I del Título IV y Capítulo II del citado Título IV de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia.

CARTA DE SERVICIOS

En la Carta de servicios de la Dirección General de JuventudAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios”.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Organizador de actividades: personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que desarrollen actividades de ocio y tiempo libre.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La comunicación de inicio de actividad con declaración responsable se deberá presentar como mínimo 15 días antes del inicio de la actividad comunicada.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14036693)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Realizar la comunicación previa de inicio de la actividad y declaración responsable de cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto nº 80/2013, 26 de julio, por el que se regulan las actividades de ocio y tiempo libre  en el territorio de la Región de Murcia.

Requisitos establecidos:

  • Disponer de un Programa de actividades.Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica
  • Las instalaciones fijas y las zonas de acampada donde se realicen las actividades deberán reunir los requisitos exigidos por la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a su denominación y características.
  • Disponer de un equipo técnicoAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica compuesto por: un/a Director/a y un monitor por cada 10 participantes, si son menores de 18 años, y uno por cada 15, en el caso de que fueran mayores de edad y que éste cumpla con sus obligaciones.
  • Disponer de un plan de emergenciaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica donde conste la información sobre situaciones de riesgo, sistema de aviso y plan de evacuación.
  • Disponer de un botiquín de primeros auxilios.
  • Disponer de seguros de responsabilidad civil y de accidentes.Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica
  • Autorización escrita y firmada por la persona que tenga la patria potestad o tutela de los participantes menores de edad.
  • Declaración responsable sobre datos de salud de los participantes, firmada por el participante o por la persona que tenga la patria potestad o tutela, en el caso de los menores de edad.
  • Garantizar que las actividades se desarrollen en condiciones higiénico-sanitarias, medioambientales, de seguridad y educativas idóneas.
  • Las actividades que se desarrollen en espacios al aire libre no se podrán desarrollar en:

           a) En terrenos situados en ramblas, lechos secos o torrenteras de ríos y en los susceptibles de ser inundados, así como, en aquellos otros en los que se observen grandes dificultades de evacuación o por cualquier causa resulten peligrosos o insalubres.

            b) A menos de 100 metros de los márgenes de cauces fluviales, carreteras o vías de ferrocarril.

            c) En las proximidades de industrias molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

            d) En terrrenos por los que discurran líneas de alta tensión.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Actividades Juveniles de Ocio y Tiempo Libre en el Territorio de la Región de Murcia

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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