Programa de actuación en posibles Situaciones de Riesgo en menores de edad (código 413) (SIA 206702)

Información Básica

Objeto:

Proporcionar a las familias, en cuyos hijos menores se aprecia una Situación de Riesgo, definida en el art. 17 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el apoyo profesional necesario para reducir o eliminar los factores que determinan dicha Situación de Riesgo.

Información de Interés

Si el solicitante es un ciudadano, podrá aportar documentación junto con la solicitud, aunque no resulta imprescindible. Por el contrario, si el solicitante es una Administración Pública deberá adjuntar la documentación especificada en la pestaña Documentación.

El artículo 17.1 de la Ley Orgánica 1/1996 define lo que se entiende por Situación de Riesgo en los siguientes términos: "Se considerará situación de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos, el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la administración pública competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le afectan y evitar su desamparo y exclusión social, sin tener que ser separado de su entorno familiar. ..."

El Procedimiento se inicia llevando a cabo las actuaciones necesarias para obtener una valoración de la situación del menor o menores, a fin de determinar si existe o no Situación de Riesgo e identificar los factores e indicadores de riesgo y dificultad que que incidan en la situación personal, familiar y social en que se encuentra el menor, y a promover medidas para su protección y preservación del entorno familiar. Las actuaciones de valoración comprenden la recogida de información sobre el menor y la familia a través de informes que se solicitan a otros sistemas de protección social (ámbito Educativo, Sanitario, Servicios Sociales de Atención Primaria...) y de actuaciones directas con el menor y la familia (entrevistas).

En aquellos casos en los que la valoración concluye con la apreciación de Situación de Riesgo, tras informar de ello a los padres o tutores, cuya opinión será oída y tenida en cuenta, así como al propio menor o menores si tienen suficiente madurez, y en todo caso, a partir de los doce años, se procede a la elaboración y puesta en marcha de un proyecto de intervención social y educativo familiar que recoge los objetivos, actuaciones, recursos y previsión de plazos, para reducir o eliminar los indicadores y/o factores de riesgo apreciados. Este proyecto de intervención, para cuyo éxito se requiere la colaboración de los padres o tutores que son informados sobre los objetivos del mismo, se evalúa periódicamente, realizando los ajustes que resulten necesarios.

Los procesos de intervención enmarcados en los proyectos se llevan a cabo en el entorno de la familia y el menor, a través de visitas al domicilio, entrevistas, reuniones... en las que, mediante orientaciones y pautas de actuación proporcionadas a los padres y/o a los menores, acuerdos para la implementación de acciones con profesionales de las instituciones o entidades del entorno de la familia (Colegios, Institutos, Centros de Salud, Centros de Servicios Sociales...)... se avanza en la consecución de los objetivos propuestos.

El Procedimiento concluye cuando la evaluación del proyecto de intervención indica que se han alcanzado los objetivos, total o parcialmente, y se constata la reducción o eliminación de los indicadores y/o factores de riesgo apreciados inicialmente. También puede concluir cuando se aprecia un agravamiento de la situación del menor o menores que pudiera suponer una desprotección muy grave que requiera la aplicación de otras medidas de protección.

Destinatarios:

Ciudadanía y Administración.

Familias con hijos menores en los que, tras la correspondiente valoración, se aprecia Situación de Riesgo.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS, INFANCIA Y CONCILIACIÓN (A14028747)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

Comunicación de posible Situación de Riesgo en menores de edad
  • Informe
    (No obligatorio / No original)
    Informes sociales, sanitarios, educativos, y/o policiales.
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Consulta y verificación de datos de residencia de extranjeros (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 3 Mes/es

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
No cabe recurso CONSEJERO/A SALUD
Información adicional sobre recursos
Ante el Juzgado de Familia.

Normativa

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