Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios (código 411) (SIA 206700)

Información Básica

Objeto:

Presentar el Certificado de Eficiencia Energética de Edificios para su inscripción en el Registro oficial de la Región de Murcia. 

Información de Interés

  • ¿Cómo se obtiene el certificado de eficiencia energética?
    • El certificado de eficiencia energética es un documento emitido por técnico titulado competente (no se expide por la Administración).
      • A partir del 14 de enero de 2016 sólo se admitirán certificados generados con las nuevas versiones de los programas reconocidos para la emisión de certificados, que pueden consultarse en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • ¿Quién puede emitir el certificado de eficiencia energética de edificio?
    • Artículo 2.u) del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio. Técnico competente: técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de cualquiera de los proyectos de edificación o para la dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética. Asimismo, se consideran competentes los técnicos que estén en posesión de alguna titulación universitaria que cuente con la habilitación para el ejercicio de las profesiones reguladas descritas en este apartado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales
  • ¿Quién tiene la obligación de registrar el certificado de eficiencia energética?
    • La obligación de registrar el certificado es del promotor o propietario del edificio.
  • ¿En qué consisten las pruebas y comprobaciones necesarias a las que se refiere el artículo 6 del Real Decreto 390/2021?
    • Son las pruebas y comprobaciones que realiza el técnico competente para la emisión del certificado, el cual no está habilitado por la Administración, sino por su titulación.

INFORMACIÓN TASAS

· ¡ATENCIÓN! Para la presentación TELEMÁTICA del certificado de eficiencia a través de la Sede electrónica NO se requiere ningún pago previo, el proceso de pago de la tasa se genera integrado dentro del proceso de cumplimentación de la solicitud online. Al tratarse de un procedimiento de respuesta inmediata sólo se permiten formas de pago online mediante tarjeta de crédito o débito. 

· Los ciudadanos, que no estén obligados a presentar la solicitud  en Sede electrónica, y decidan acogerse a la presentación presencialpueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en las Oficinas  de Asistencia en materia de Registros y en las oficinas de Información y Tramitación Especializadas que se indican en los lugares de presentación, pudiendo pagar con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM

TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  • - Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
  • - Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.

SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

  • Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
  • Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM, Petición de informaciónAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso se podrá ofrecer información particular. Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónicos sin identificación.

NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

  • Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

REPRESENTACIÓN

En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Promotores o propietarios de edificios de nueva construcción o existentes que vayan a ser objeto de venta o arrendamiento.

Tramitación inmediata:

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14036704)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de inscripción de Certificados de Eficiencia energética de edificios
  • Certificado de eficiencia energética del edificio.
    (Obligatorio / Original)
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Archivo en formato XML, generado por el programa reconocido para la certificación de la eficiencia energética de edificios. Otra documentación adicional (Informes de medidas de mejora, documentación técnica o urbanística, etc.).
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / Original)
    En caso de presentar solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación aportando: - Presentación presencial: Documento de Otorgamiento de la representación frente a la Administración Regional en comparecencia ante funcionario público debidamente cumplimentado y firmado originalmente, según modelo disponible desde el procedimiento de la Guía de Procedimientos y Servicios código 9943. - Presentación telemática: Documento de Otorgamiento de la representación firmado electrónicamente por el poderdante, según modelo disponible para su descarga en el presente procedimiento.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Lugares presentación

Consulten los horarios de las Oficinas en el enlace que se muestra en el apartado información básica.

La tramitación inmediata únicamente se realiza a solicitud del solicitante interesado o representante debidamente acreditado en los términos de lo establecido en el artículo 5.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de Lorca también se presta este servicio a la ciudadanía.

Tasas a abonar

  • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
    H00010 - Inscripción Registro Cert.Eficiencia Energética de Edificios

A. Tramitación telemática del procedimiento. En este caso, la liquidación de tasas correspondiente (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), está integrada entre las diferentes fases del trámite telemático necesarias para el registro del certificado de eficiencia energética de edificio, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago. B. Tramitación presencial del procedimiento. .Realice simulación del cálculo - Obtenga la carta de pago (Requerida únicamente para la tramitación presencial) y abone el importe mediante tarjeta bancaria en la oficina o antes de acudir presencialmente.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia