Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Calificación sanitaria de brucelosis ovina y caprina (código 3778) (SIA 207555)

Información Básica

Objeto:

Conceder la calificación sanitaria de las explotaciones ovinas y caprinas como "indemne u oficialmente indemne" de brucelosis ovina y caprina.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Las explotaciones de ganado ovino-caprino deben estar inscritas en REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas).

Requisitos de explotación indemne de brucelosis:

a) Todos los animales de las especies sensibles a la enfermedad están exentos de signos clínicos o de cualquier manifestación de brucelosis desde, al menos doce meses antes.

b) Hayan dado resultado negativo a dos pruebas realizadas con un intervalo de seis meses como mínimo a todos los animales de la especie ovina y caprina.

c) Tras la realización de las pruebas anteriores solo haya animales de la especie ovina y caprina que hayan nacido en la explotación o que provengan de explotaciones indemnes de brucelosis.

Requisitos de explotación oficialmente indemne de brucelosis:

Además de los puntos a) y b) anteriores:

d) No se encuentran animales de las especies ovina y caprina vacunados contra la brucelosis,  a menos que lo hayan sido, por lo menos dos años antes.

e) Tras la realización de las pruebas anteriores solo haya nacido en la explotación o que provengan de explotaciones oficialmente indemnes o indemnes de brucelosis si no han sido vacunados o lo han sido más de dos años antes.

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado veterinario donde se acredite el cumplimiento de los apartados a) yc) en caso de indemne de brucelosis y a), d) y e) en caso de oficialmente indemne de brucelosis.
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
    Tasa T010. H00002. Inscripción en registros oficiales (Obligatorio solo en el caso de presentación presencial)
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Certificado veterinario donde se acredite el cumplimiento de los apartados a) yc) en caso de indemne de brucelosis y a), d) y e) en caso de oficialmente indemne de brucelosis.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

Las tasas no se pueden mostrar en este momento. Contactar con el Servicio de Atención Telefónica 968 362 000 y 012 * , de 8:30 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

*  Consulten con su operador telefónico el precio de las llamadas.Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

A.- Tramitación telemática del procedimiento. En este caso, la liquidación de tasas correspondiente (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), está integrada entre las diferentes fases del trámite telemático para solicitar la calificación sanitaria, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago. B.- Tramitación presencial del procedimiento. Realice simulación del cálculo. Obtenga la carta de pago (requerida únicamente para la tramitación presencial) y abone el importe mediante tarjeta bancaria en la oficina o antes de acudir presencialmente.

 

 

 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
  • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia