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6. Protección contra incendios

Edificios

  • En el proyecto general del edificio debe quedar patente el cumplimiento con la norma básica de edificación relativa a las condiciones de protección contra incendios. (NBE-CPI 96 para construcciones posteriores al 1 de Noviembre de 1996) (RD 2177/1996 de 4 de Octubre; BOE de 29 de Octubre). En el proyecto se deben detallar los medios de protección y extinción que se han de instalar.

  • En caso de que el proyecto no se ajuste a la realidad actual del centro, se recomienda realizar un estudio de cumplimiento con la NBE-CPI 96.

Establecimientos industriales

     Posteriores al 30 de Enero de 2002:

Es obligatoria la elaboración de un proyecto o memoria formados por técnico competente. En el proyecto se deben detallar los medios de protección y extinción que se deben instalar. También debe figurar el nivel de riesgo (bajo, medio o alto).

Antes de la puesta en marcha se requiere los certificados de las empresas instaladoras emitidos por técnico titulado, así como certificado de final de obra, emitido igualmente por técnico titulado competente.

Toda la documentación se deberá presentar ante el órgano competente en materia de industria.

La instalación se someterá a inspecciones periódicas por OCA (Organismo de Control Autorizado) con la siguiente periodicidad:

  • Cinco años, para los establecimientos de riesgo intrínseco bajo.

  • Tres años, para los establecimientos de riesgo intrínseco medio.

  • Dos años, para los de riesgo intrínseco alto.


Instalaciones de protección contra incendios

      Extintores

Su emplazamiento permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles; estarán situados próximos a las salidas de evacuación y preferentemente fijados a paramentos verticales, de tal modo que su parte superior queda como máximo a 1,70 metros sobre el suelo. Su eficacia mínima será 21A 113B.

Como norma general, se instalará un extintor cada 15 m o uno cada 300 m2 de superficie construida o 200m2 si es industria.

     Otros equipos: Bocas de incendio equipadas, sistemas de columna seca, hidrantes, sistemas de detección, de alarma etc.

La instalación de estos equipos, a excepción de los extintores portátiles, se debe realizar por un instalador autorizado.

La puesta en funcionamiento de la instalación requerirá un certificado de la empresa instaladora visado por un técnico titulado competente. 


Plan de emergencia

De acuerdo al artículo 20 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, todos los centros de trabajo deberán disponer de un plan o instrucciones contra emergencias, en el que se analicen las posibles situaciones de emergencia y se adopten las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.


Mantenimiento instalaciones

Han de conservarse los registros de mantenimiento.

A realizar por el titular

EQUIPO O SISTEMA

C A D A

TRES MESES SEIS MESES

Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

Funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro). Sustitución de pilotos, fusibles, etc., defectuosos.

Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.).

 

Sistema manual de alarma de incendios.

Funcionamiento de la instalación (con cada fuente de suministro).

Mantenimiento de acumuladores.

 

Sistema de abastecimiento de agua contra incendios.

Verificación por inspección de todos los elementos, depósitos, válvulas, mandos, alarmas motobombas, accesorios, señales, etc.

Comprobación de funcionamiento automático y manual de la instalación de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador.

Mantenimiento de acumuladores.

Verificación de niveles (combustible, agua, aceite, etc.).

Verificación de accesibilidad a elementos, limpieza general, ventilación de salas de bombas, etc.

Accionamiento y engrase de válvulas.

Verificación y ajuste de prensaestopas.

Verificación de velocidad de motores con diferentes cargas.

Comprobación de alimentación eléctrica, líneas y protecciones.

Extintores de incendio.

Accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación.

Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc.

Peso y presión en su caso.

Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas (boquilla, válvulas, manguera, etc.).

 

Bocas de Incendio Equipadas (BIE).

Buena accesibilidad y señalización de los equipos.

Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo a desenrollar la manguera en toda su extensión y acondicionamiento de la boquilla en caso de ser de varias posiciones.

Comprobación por lectura del manómetro de la presión de servicio.

Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario.

 

Hidrantes

Comprobar la accesibilidad a su entorno y la señalización en los hidrantes enterrados. Inspección visual comprobando la estanqueidad del conjunto.

Quitar las tapas de las salidas, engrasar las roscas y comprobar el estado de las juntas de los rácores.

Engrasar la tuerca de accionamiento o rellenar la cámara de aceite del mismo.

Abrir y cerrar el hidrante, comprobando el funcionamiento correcto de la válvula principal y del sistema de drenaje.

Columnas secas

 

Comprobación de la accesibilidad de la entrada de la calle y tomas de piso.

Comprobación de la señalización.

Comprobación de las tapas y correcto funcionamiento de sus cierres (engrase si es necesario).

Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas están cerradas.

Comprobar que las llaves de seccionamiento están abiertas.

Comprobar que todas las tapas de rácores están bien colocadas y ajustadas.

Sistemas fijos de extinción:

* Rociadores de agua.

* Agua pulverizada.

* Polvo.

* Espuma.

* Agentes ext. gaseosos.

Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociadores están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto.

Comprobación del buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos.

Comprobación del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, CO2, o hidrocarburos halogenados y de las botellas de gas impulsor cuando existan.

Comprobación de los circuitos de señalización, pilotos, etc., en los sistemas con indicadores de control.

Limpieza general de todos los componentes.

 

A realizar por mantenedor autorizado

EQUIPO O SISTEMA

Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

Revisión anual.

Sistema manual de alarma de incendios.

Revisión anual.

Extintores de incendio.

Revisión anual y retimbrado cada 5 años.

Bocas de Incendio Equipadas (BIE).

Revisión anual y prueba de presión cada 5 años.

Sistema de abastecimiento de agua contra incendios.

Revisión anual.

Sistemas fijos de extinción(Rociadores de agua, Agua pulverizada, Polvo, Espuma, Anhídrido carbónico.

Revisión anual.

Normativa relacionada

  • Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre de 1993, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

  • Real Decreto 786/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

    ITC MIE-AP5 referente a extintores de incendios.