En la Región de Murcia, menos impuestos más beneficios. Canal Whatsapp Web CARM
Contenido principal

4. Centros de transformación

Instalaciones eléctricas de más de 1000 V (tensión nominal eficaz) y menos de 100 hz.

Requisitos para su instalación

  • Presentación de un proyecto firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional.

  • Certificado de dirección técnica y final de obra firmado por técnico competente y sisado por el correspondiente colegio profesional.

  • Autorización de puesta en marcha para instalaciones de distribución.

  • Inscripción de la instalación para instalaciones de abonado.

Mantenimiento 

  • Es obligatorio que exista un contrato de mantenimiento con un mantenedor autorizado.

  • Debe existir un libro de mantenimiento en el que se reflejen las inspecciones, revisiones y reparaciones.

  • Han de conservarse los registros de mantenimiento.

Inspecciones oficiales a realizar por OCA

Cada tres años.

Normativa relacionada

  • Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

           ITC-MIE-RAT 1 a 20.