Restablecimiento explotaciones agrarias. (código 3263) (SIA 2247163)

Información Básica

Objeto:

Tramitar los procedimientos de restitución de cultivos por razones de competencia autonómica de acuerdo con los artículos 31.3, 33,34 y 35 de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, cuando el organismo de cuenca comunique la resolución firme en la que se acuerde el cese o prohibición de regadíos no amparados por un derecho de aprovechamiento de aguas (con anterioridad regulado en los mismos artículos del Decreto Ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor y con anterioridad en el artículo 8 de la Ley 1/2018, de 7 de febrero.

Tramitar cualesquiera otra medida de restablecimiento de la legalidad por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el capítulo V de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, de acuerdo con el artículo 85, con independencia de la sanción que pueda imponerse.

Información de Interés

A las notificaciones remitidas, podrán hacerse las alegaciones que se consideren y/o requieran, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Medio Ambiente y presentado:

  • En la Sede electrónica  de esta Administración Regional a la que puede acceder desde la pestaña   Presentación solicitudes_ Actos de trámite en un expediente ya iniciado , por los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento  Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los interesados que voluntariamente opten por este canal electrónico.
  •  

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

El responsable de la corrección de las deficiencias (artículo 85 de la Ley 3/2020, de 27 de julio, anteriormente el mismo artículo del Decreto Ley 2/2019, de 26 de diciembre) o de las actuaciones de restitución de cultivos (artículo 34 de la Ley 3/2020 y anteriormente por el mismo artículo del Decreto Ley 2/2019) es el titular de la explotación agrícola, y en su caso, el propietario de la parcela o parcelas afectadas. En este sentido se pronuncia también el artículo 82 de la Ley 3/2020, de 27 de julio sobre los responsables de las infracciones.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA (A14003291)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Información del Organismo de Cuenca, la Confederación Hidrográfica del Segura sobre los regadíos que hayan sido cesados o prohibidos por resolución firme por no estar amparados por un derecho de aprovechamiento de aguas (artículo 31.3 y 33.1 modificado por D.L. 4/2021 y 33.4 de la Ley 3/2020, de 27 de julio). 

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente podrán hacer la presentación de sus alegaciones en Oficinas presenciales.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 0 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia