Premios de Comercio de la Región de Murcia (código 3011) (SIA 1998221)

Información Básica

Objeto:

Los Premios de Comercio de la Región de Murcia tienen por objeto el reconocimiento a la labor realizada por los operadores del sector del comercio detallista que hayan destacado por su longeva trayectoria profesional, ser establecimientos comerciales singulares por la gama de productos ofertados, realizar una gestión innovadora, haber sido reconocidos por su excelencia o destacar en la economía digital, también reconocen las actuaciones de urbanismo comercial que ejecutan los ayuntamientos en los centros comerciales urbanos o abiertos o bien en mercados municipales de abasto o semanales no sedentarios, así como por las entidades asociativas del sector del comercio que hayan destacado por realizar acciones constantes en defensa de los interesas del comercio local.

Los presentes premios pretenden instituirse como instrumento válido en aras de prestigiar la labor profesional de los agentes económicos que intervienen en el ámbito del comercio local, servir de ejemplo para difundir las buenas prácticas comerciales, consolidar el comercio innovador y más evolucionado en el universo digital, contribuir a mostrar las mejores puestas en valor de las Entidades Locales en favor de los centros comerciales urbanos y del equipamiento comercial colectivo (mercados) o ejemplificar las acciones más destacadas del asociacionismo comercial, de forma que su consecución contribuye a potenciar de manera inequívoca la reputación corporativa de los premiados.

Información de Interés

1. Las distintas categorías de los premios serán las indicadas a continuación:

a) El Premio “Pequeño Comercio de la Región de Murcia”: Reconoce la trayectoria profesional del comercio local. Podrán ser candidatos los empresarios autónomos y sociedades mercantiles dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas o en la rama 52 de la CNAE.

b) Premio “Comercio Centenario”: Reconoce la continuidad en el espacio temporal de los establecimientos comerciales. Podrán ser candidatos los empresarios autónomos y sociedades mercantiles dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas o en la rama 52 de la CNAE. Deberán estar en activo desde, al menos, 100 años, habiendo mantenido el mismo nombre y actividad, aunque se haya producido relevo generacional, proyecten notoriedad y dinamismo comercial. Deberán aportar datos que lo acrediten.

c) Premio “Comercio Novel”: Reconoce la labor desempañada por aquellos establecimientos abiertos en 2017 o 2018 que sean singulares en su entorno, bien por su oferta, su imagen, su servicio, etc.

d) Premio “Comercio de alimentación”: Reconoce los establecimientos comerciales que pongan en valor la alimentación en todas sus variantes o la gastronomía local, haciendo alarde de los productos de elaboración propia, imagen, servicio de calidad o la singularidad de su presentación.

e) Premio “Comercio innovador”: Reconoce las actuaciones tendentes a lograr un eficiente desarrollo comercial, mediante la mejora de la tecnología destinada al comercio, o por cualquier otro medio que implique una mejora sustancial en el desarrollo de su evolución comercial.

f) Premio “Centro comercial abierto”: Reconoce la labor desarrollada por las asociaciones de comerciantes de Centros Comerciales Urbanos y los ayuntamientos de la Región de Murcia en favor de la promoción comercial y mejora de los entornos urbanos.

g) Premio “Plaza de abastos y mercado municipal”: Reconoce la labor ejercida por los ayuntamientos y asociaciones de comerciantes por mejorar las infraestructuras arquitectónicas de los mercados municipales de abastos y semanal o no sedentario, así como su equipamiento.

h) Premio “Asociación de comerciantes”: Reconoce la labor de promoción comercial ejercida por las asociaciones de comerciantes de la Región de Murcia.

2. Los premios estarán dotados con trofeo y diploma acreditativos.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

1. Podrán ser candidatos a la concesión de los premios a que se refiere la presente convocatoria, los siguientes:a) Las empresas privadas pertenecientes al sector del comercio minorista, personas físicas o jurídicas, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. b) Las personas físicas y entidades asociativas sin fines de lucro que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c) Las Entidades Locales de la Región de Murcia, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. Las personas físicas deberán tener su domicilio en la Región de Murcia 3. En el caso de las empresas o entidades asociativas sin fines de lucro, deberán tener la sede social o al menos un establecimiento comercial en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

 DIRECCIÓN GENERAL DE IMPULSO AL COMERCIO, INNOVACIÓN EMPRESARIAL E INDUSTRIAS Y OFICIOS A (A14036702)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Las solicitudes de premios se formularán de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se formalizarán, según modelo de instancia que figura como Anexo I de la Orden de Bases.

2. Las propuestas de candidaturas también podrán ser presentadas por personas o entidades relacionadas con el mundo empresarial de la Región de Murcia, tales como personas de reconocido prestigio, asociaciones empresariales, Cámaras de Comercio, Colegios Profesionales, etc.

3. Las personas físicas podrán elegir en todo momento en la presentación de las candidaturas si se comunican a través de medios electrónicos o no, debiendo realizarse en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano habilitadas en su municipio, o en cualquier otro de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; las sociedades mercantiles tendrán que hacerlo accediendo al registro electrónico único en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del Procedimiento 3011, ”Premios de Comercio de la Región de Murcia” . El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, cuya relación estará disponible en la dirección de Internet indicada en calidad de proveedores de servicios de certificación.

4. Para inscribirse, el aspirante o, en su caso el proponente de la candidatura, deberá rellenar el Anexo I de la Orden de bases. La solicitud incluida en el Anexo I, deberá estar cumplimentada con los datos identificativos y la sede social de la entidad cuya candidatura se propone, la persona de contacto, teléfono y dirección de correo electrónica del representante legal de dicha entidad, indicando la modalidad del premio a la que se presenta.

5. Los candidatos solo podrán presentarse a una única modalidad de premio.

6. El plazo de presentación de candidaturas será de 20 días hábiles  a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, según modelo de instancia que figura como Anexo I en la Orden de Bases.

Si las circunstancias así lo requieren podría ampliarse el plazo establecido, situación que sería objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Dirección General de Comercio, Consumo y Simplificación Administrativa, así como su publicación en el BORM.

7. La presentación de candidaturas a esta convocatoria implica la aceptación de las presentes bases y el compromiso de asumir y cumplir todas las obligaciones establecidas en las mismas.

Requisitos posteriores

1. Presentación directa de candidaturas.

Las personas, empresas, ayuntamientos o entidades asociativas que deseen presentar directamente su candidatura, deberán aportar la documentación siguiente:

a. De carácter obligatorio

- Formulario de presentación de candidatura (Anexo I de la Orden de Bases) debidamente cumplimentado.

- Declaración responsable (Anexo II de la Orden de Bases)

- Memoria que contenga conforme a la categoría elegida los datos incluidos en el Anexo III de la Orden de Bases.

- Tres o más imágenes o incluso otros documentos que se consideren oportunos a fin de justificar la posición del candidato como merecedor del premio

- Documentación acreditativa de que el solicitante es comerciante de la Región de Murcia mediante certificado de inscripción en el censo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) u otro documento acreditativo.

b. De carácter opcional.

- Presentación de otra información que se crea conveniente para servir de apoyo al candidato.

- Documentación gráfica adicional, carteles, enlaces de Internet para visualizar material audiovisual, etc.

2. Presentación de candidaturas a propuesta de otras entidades.

Las personas o entidades que deseen presentar propuesta de candidatura a favor de otra persona o entidad, deberán aportar el formulario de presentación de candidatura (Anexo I de la Orden de Bases) debidamente cumplimentado, debiendo comprometerse el candidato propuesto en ella a presentar el resto de la documentación indicada en el apartado 1 de esta artículo antes de la finalización del plazo previsto en el artículo 4.6 de las Orden de bases para la presentación de las candidaturas.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud Premios Comercio de la Región de Murcia
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia