Estancias Formativas en Empresas o Entidades Públicas de la Región de Murcia dirigidas al Profesorado de Formación Profesional, Tecnología y Artes Plásticas y Diseño. (código 297) (SIA 206656)

Información Básica

Objeto:

Regular la convocatoria de estancias formativas en empresas o entidades públicas, ubicadas en la Región de Murcia, por parte del profesorado de Formación Profesional, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño, destinado en centros sostenidos con fondos públicos, dependientes de la Consejería competente, en materia de educación, a propuesta del profesorado interesado, previa aprobación de un proyecto de formación, ratificado por la empresa o entidad colaboradora donde se pretenda desarrollar la experiencia formativa.

Información de Interés

Duración:

a) La duración de la estancia formativa oscilará entre un mínimo de 10 horas y un máximo adecuado a las características del proyecto de estancia presentado.

b) El periodo de realización de la estancia formativa no podrá ser coincidente con el horario lectivo ni con las actividades programadas por el centro que sean de obligado cumplimiento. No obstante, se podrán autorizar estancias del profesorado durante el horario de permanencia en el centro cuando su alumnado esté realizando la Formación en Centros de Trabajo, si ha quedado liberado total o parcialmente de obligaciones docentes y siempre que el titular de la dirección del centro garantice la cobertura de las actividades de atención al alumnado que no se hayan incorporado a la FCT.

Solicitud:

Se presentará una solicitud de participación por cada estancia formativa en una empresa o entidad pública de la Región de Murcia.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del curso escolar correspondiente, debiéndose realizar con un plazo de antelación no inferior a quince días hábiles al inicio de la estancia formativa.

Período de realización:

La estancia formativa se podrá realizar durante todo el curso escolar, siempre que se contemplen y cumplan las condiciones expresadas en el artículo tercero de esta Orden.

Criterios de valoración:

La valoración y selección de los proyectos presentados en las solicitudes, establecida en el artículo séptimo de esta Orden se realizará sobre un máximo de 20 puntos, teniendo en cuenta los siguientes criterios y apartados:

a) Interés y calidad del proyecto presentado (hasta 10 puntos).

Adecuación de los objetivos planteados a los currículos que imparte el profesorado de las diferentes especialidades de Formación Profesional, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño (hasta 3 puntos).

Idoneidad de la empresa propuesta para la consecución de los objetivos de la estancia (hasta 1 punto).

Incidencia del proyecto en la docencia directa (hasta 3 puntos).

Adecuación del proyecto al tejido productivo de la Región de Murcia (hasta 3 puntos).

Serán desestimadas aquellas solicitudes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en este apartado.

b) Situación profesional del profesorado (hasta 10 puntos).

Destino definitivo en el centro educativo (1 punto).

Coherencia de las materias o módulos profesionales impartidos por el profesor solicitante con los objetivos planteados y la empresa propuesta (hasta 6 puntos).

Experiencia docente como profesor tutor de Formación en Centros de Trabajo (FCT) (Se computará 0,50 por curso académico hasta un total de 3 puntos).

Serán desestimadas aquellas solicitudes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en este apartado.

Serán considerados como “no aptos” aquellos proyectos que no alcancen la puntuación mínima señalada en cada uno de los apartados.

c) No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sobre subsanación y mejora de las solicitudes.

Valoración y selección de los proyectos.

La valoración de los proyectos será realizada por un asesor de formación permanente perteneciente al Centro de Profesores y Recursos Región de Murcia (en adelante CPR). Dicha valoración requerirá del visto bueno del Director del CPR, quien realizará la propuesta de resolución y la elevará para su aprobación por el Director General competente en materia de formación del profesorado.

Solicitudes para prácticas en Servicio Murciano de Salud:

Los solicitantes de estancias formativas en cualquier centro perteneciente al Servicio Murciano de Salud deberán solicitar previamente la plaza para su realización a la Dirección General con competencias en Formación Profesional.

La descarga de dicho documento se puede realizar a través del siguiente enlace: http://bit.ly/1Ma4q0QAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

Destinatarios:

Administración.

El profesorado de las distintas especialidades que imparte docencia en Formación Profesional, así como el perteneciente a los cuerpos de Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño, destinado en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 01/09/2023 hasta 30/06/2024

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del curso escolar correspondiente, debiéndose realizar con un plazo de antelación no inferior a quince días hábiles al inicio de la estancia formativa.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La duración de la estancia formativa oscilará entre un mínimo de 10 horas y un máximo adecuado a las características del proyecto de estancia presentado.

El periodo de realización de la estancia formativa no podrá ser coincidente con el horario lectivo, ni con las actividades programadas por el centro que sean de obligado cumplimiento. No obstante, se podrán autorizar estancias del profesorado, durante el horario de permanencia en el centro, cuando su alumnado esté realizando la Formación en Centros de Trabajo, si ha quedado liberado total o parcialmente de obligaciones docentes y siempre que, el titular de la dirección del centro, garantice la cobertura de las actividades de atención al alumnado que no se hayan incorporado a la FCT.

Requisitos posteriores

La no incorporación a la empresa o entidad pública o abandono de la misma antes de la finalización de la estancia formativa, sin causa justificada, supondrá la renuncia a la participación en esta modalidad formativa, durante los dos cursos siguientes.

Evaluación de la estancia de formación.

a) Para la evaluación de la estancia formativa el participante realizará una memoria con los apartados siguientes:

Objetivos alcanzados a la finalización del proyecto.

Actividades realizadas en el desarrollo del proyecto.

Utilidad de la experiencia en relación a su incidencia en la docencia directa.

Valoración cualitativa del proceso.

Conclusiones y sugerencias con el fin de mejorar el proyecto en el futuro.

b) A la memoria mencionada, que será enviada al Centro de Profesores y Recursos Región de Murcia, se adjuntará la certificación de la empresa o entidad pública acreditando la realización de la estancia formativa y especificando las horas totales de asistencia según el modelo del anexo V. En este sentido, a efectos de reconocimiento y registro, será de aplicación lo señalado en el artículo undécimo de la presente Orden

Documentos a aportar junto con la solicitud

Estancias Formativas en Empresas o Entidades Públicas de la Región de Murcia dirigidas al Profesorado de Formación Profesional, Tecnología y Artes Plásticas y Diseño
  • Proyecto
    (Obligatorio / No original)
    Proyecto personal, en el que se especificará:Nombre de la empresa o entidad pública y departamento de la misma en el que se solicita la realización de las actividades.Objetivos generales.Adecuación del proyecto a la aplicación directa en el aula.Programación de actividades y su calendario de realización.Fechas previstas para su desarrollo, especificando los días y el horario.
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Certificado del Secretario y visto bueno del Director del centro educativo de destino de la persona solicitante, según el modelo del anexo II de la Orden de 18de septiembre de 2015 anteriormente citada, en el que conste:- Situación administrativa en el centro de destino del solicitante (definitivo, en expectativa dedestino, interino, etc.- Horario de obligado cumplimiento en el centro educativo.- Ciclos formativos y módulos profesionales que imparte el profesor solicitante.
  • Acuerdo
    (Obligatorio / No original)
    Acuerdo para la realización de la estancia formativa según el anexo III de la Orden de 18 de septiembre de 2015 anteriormente citada. En el caso de que se trate de solicitantes de estancias formativas en centros dependientes del Servicio Murciano de Salud, dicho anexo III se debe sustituir por el anexo "oferta de plazas para la realización de estancias formativas por el profesorado de FP en el Servicio Murciano de Salud".
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Designación/autorización de representante.
  • Autorización
    (Obligatorio / No original)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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