Controles financieros de centros privados de enseñanza concertada (código 2790) (SIA 1937862)

Información Básica

Objeto:

Comprobar que se cumple la normativa que regula los conciertos educativos, por parte de los colegios concertados y que los procedimientos aplicados por los gestores son adecuados para asegurar el control de los mismos.

Información de Interés

El control financiero se ejerce respecto de los centros privados concertados.

Las labores de control sobre centros concertados se realizan por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la División de Control Financiero, ya sea directamente o con la colaboración de las Intervenciones Delegadas, pudiendo contratar los servicios que fueran necesarios cuando los efectivos de personal no resulten suficientes.

El procedimiento se inicia con la notificación de inicio de los trabajos al titular de la Consejería de Educación y a los titulares de los centros objeto de control, continúa con las actuaciones de Instrucción y finaliza con la emisión del Informe, debiendo concluir antes del 31 de diciembre del ejercicio en el que se realice el control.

En la notificación de inicio del control o durante su desarrollo, se podrá requerir cuanta información y documentación se considere necesaria para el ejercicio del control.

Emitido el informe provisional de control, la Intervención General lo remitirá al titular del centro controlado para que en el plazo máximo de quince días, desde la recepción del informe, formule las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estime oportunas.

Si no se presentan alegaciones por el centro auditado, transcurridos quince días, el informe provisional se eleva a definitivo. En el caso de que se presenten alegaciones, estas serán examinadas por el auditor y tenidas en cuenta para la elaboración del informe definitivo. El referido informe definitivo será comunicado al centro auditado.

El procedimiento no pone fin a la vía administrativa.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Centros privados de enseñanza concertada.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INTERVENCIÓN GENERAL (A14036656)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Centros privados concertados de enseñanza

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 0

Normativa

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