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Orden de 18 de febrero de 2008 de la Consejería de Empleo y Formación que establece el formato de la documentación que se tiene que acompañar a las comunicaciones de aperturas de centros de trabajo

BORM nº 63; 14/03/2008

Artículo 1.- Objeto.

Constituye el objeto de la presente orden el establecimiento del formato en que se deben aportar, junto con las comunicaciones de apertura previa o de reanudación de actividades en los centros de trabajo, ante la Autoridad Laboral regional, el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, exigido de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, o el proyecto técnico y Memoria descriptiva de las características de la actividad, según los requisitos exigidos por el artículo 29 del Real Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, cuando se trate de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

Artículo 2.- Formato.

1.- Los Planes de Seguridad y Salud en el trabajo, exigidos de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, y los proyectos técnicos y Memorias descriptivas de las características de la actividad, según los requisitos exigidos por el artículo 29 del Real Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, cuando se trate de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, que deban aportar, junto con las comunicaciones de apertura previa o de reanudación de actividades en los centros de trabajo ante la Autoridad Laboral regional, tendrán formato electrónico.

2.- Sobre el soporte electrónico del documento, si lo permite o en el soporte que lo mantenga se incluirá la leyenda de la identificación del Plan de Seguridad y Salud en el trabajo o proyecto técnico y Memoria descriptiva al que corresponda.

3.- El formato electrónico deberá ser estable e inmodificable por error.

4.- En cuanto al formato en que se deben aportar los documentos señalados, será el que en cada momento aconsejen los medios técnicos existentes, y será dado a conocer a través de la página Web corporativa de la Autoridad laboral regional.

 

Formato: documento pdf

Tamaño: 156,78 KB

Fecha: 28/06/2022

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