Autorización de veterinarios para realizar la identificación de animales de la especie equina (código 2559) (SIA 1285974)

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Información Básica

Objeto:

Conceder la autorización y/o la baja a veterinarios para realizar la identificación de animales de la especie equina.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Veterinarios colegiados.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

- Tener experiencia en el ejercicio profesional con animales de la especie equina, de al menos, 12 meses.

- Estar colegiado en el correspondiente Colegio Oficial de Veterinarios.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Autorización de veterinarios para realizar la identificación de animales de la especie equina
  • Certificado de Colegiación
    (Obligatorio / Original)
    (Emitido en los últimos 30 días).
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

La liquidación de las tasas de este procedimiento (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), quedará integrada entre las diferentes fases del trámite telemático, que los solicitantes deberán realizar para obtener la autorización. Es decir, en el trámite de la solicitud, necesariamente se accederá a la Pasarela de Pagos, para realizar el pago de la correspondiente tasa.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia