Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Subvenciones Planes Igualdad Empresas (código 2500) (SIA 2628845)

Información Básica

Objeto:

Concesión de subvenciones, para la elaboración e implantación de planes de igualdad de las empresas de la Región de Murcia, no obligadas legalmente a su elaboración.

Información de Interés

Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.

La concesión de las subvenciones, siempre que las empresas beneficiarias reúnan los requisitos establecidos en la Orden de Convocatoria, se realizará según el orden de entrada de las solicitudes, atendiendo a la fecha de presentación, siempre que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida o, una vez subsanada la ausencia o insuficiencia que, en su caso, se hubiera apreciado por la Administración.

La concesión de la subvención se realizará mediante Orden motivada de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social a la vista de la propuesta efectuada por la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género, en la misma se hará constar la relación de solicitudes a las que se concede la subvención con identificación de las empresas beneficiarias, la cuantía de la subvención y los compromisos y condiciones aplicables, asumidos y, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la mencionada Orden bases reguladoras. En el caso de ayudas de minimis, financiadas por el FSE, la resolución incluirá el Documento de las Condiciones de la Ayuda .

El plazo máximo para dictar y notificar dicha Orden será de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en la presente convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Empresas

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE MUJER Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO (A14028749)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas empresas de la Región de Murcia que cumplan los requisitos siguientes a la hora de presentar la solicitud:

a) Tener una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras en el momento de presentar la solicitud. El cómputo del número de personas trabajadoras se realizara en virtud del art.3 del RD 901/2020, de 13 de octubre.

b) Que elaboren e implanten, planes de igualdad voluntariamente para promover la igualdad real entre hombres y mujeres.

c) Que hayan firmado el compromiso para la implantación de un plan de igualdad en la empresa.

d) Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.

e) Ejercer su actividad y tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.

f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con la normativa vigente.

g) No estar incursas en ninguna de las restantes prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. La acreditación de los requisitos mencionados en el apartado anterior se realizará de conformidad con lo establecido en la Orden de Bases y Convocatoria.

3. La Orden de Bases no será de aplicación a las empresas pertenecientes a sectores excepcionados en el artículo 1 del Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de las ayudas de “mínimis” ni a las empresas excepcionadas en el Reglamento (UE) 1408/2013, de 18 de diciembre de las ayudas de mínimis ni a las empresas excepcionadas en el artículo 1 del Reglamento (UE) 717/2014, de 27 de junio.

4. Quedan expresamente excluidas como beneficiarias de estas subvenciones aquellas empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras que, previamente a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria, tengan ya elaborado un plan de igualdad, con independencia de  que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.

Requisitos posteriores

Los beneficiarios de la subvención deberán justificar la misma de conformidad con lo establecido en la Orden de Bases y de convocatoria.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud concesión Subvenciones a empresas de la Región de Murcia para implantar planes de igualdad
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO I
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    En caso de sociedades cooperativas, certificado emitido por la secretaría del consejo rector en el que se dé cuenta del número de socios y socias de la cooperativa, y del carácter de cada una de estas personas. En caso de comunidades de bienes, certificados de estar en alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de las personas comuneras.
  • Convenio
    (No obligatorio / No original)
    Convenio colectivo del sector de la entidad solicitante
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO II
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO III
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (No obligatorio / No original)
    Código de Identificación Fiscal de la empresa solicitante, escritura de constitución y, en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, en el caso de personas jurídicas de naturaleza mercantil. Para el resto de empresas, documentación acreditativa de su constitución, así como las modificaciones que pudieran haberse producido, inscritas, en su caso, en el Registro Oficial que corresponda
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO IV
  • Certificado de cuenta bancaria
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO V
  • Declaración responsable acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO VI
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    ANEXO VII
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud concesión Subvenciones a empresas de la Región de Murcia para implantar planes de igualdad   [Fuera de plazo: 10-01-2022 – 28-01-2022]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD.
Información adicional sobre recursos
Contra la citada Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de Reposición ante quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma, o podrá ser directamente impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio de que las empresas interesadas puedan ejercitar, en sucaso, cualquier otro que estimen procedente.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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