Ayudas a profesionales de Artes Plásticas-Visuales para desarrollo de Proyectos, Investigación, Producción, Formación o Exhibición (código 2385) (SIA 216257)

Información Básica

Objeto:

Regular la concesión de ayudas económicas en materia de artes plásticas y visuales (pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, video creación o cualquier otra modalidad de lenguaje plástico) destinadas a formación, investigación, producción y exhibición de proyectos en el ámbito de la creación artística (no trabajos teóricos) para artistas que se encuentren en estadios intermedios de su carrera profesional.

Información de Interés

No serán subvencionables las inversiones y adquisiciones de material o equipos inventariables, ni los gastos judiciales.

El periodo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá desde el 23 de febrero de 2023 al 30 de diciembre de 2023.  

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y atendiendo a razones de interés público, el procedimiento administrativo se tramitará con carácter de urgencia.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Artistas plásticos y visuales

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Podrán beneficiarse de las ayudas que contempla esta convocatoria las personas físicas, permitiéndose la agrupación de éstas en los términos del punto 3 del presente artículo, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener residencia legal y fiscal en la Región de Murcia, circunstancia esta que se acreditará con los correspondientes certificados.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como con la Seguridad Social. Esta exigencia deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el procedimiento de convocatoria.
  • Cumplir con el resto de las obligaciones que establece la legislación estatal y autonómica en materia de subvenciones.
  • Encontrarse en un estadio intermedio de su carrera o actividad profesional, con una trayectoria objetivada de alta e innovadora producción artística, circunstancia que se acreditará detallando en el curriculum y documentación complementaria, entre otras cosas, el haber realizado al menos una exposición individual fuera del territorio regional en una institución pública o privada.
  • Contar, al menos, con un catálogo individual provisto de ISBN y Depósito Legal editado por una institución pública o privada. No se aceptará como válido un catálogo editado por el propio artista o aquellos editados en el marco del PLAN EXE o derivados de otras ayudas procedentes del propio ICA.
  • No haber obtenido la condición de persona beneficiaria en las ayudas económicas a profesionales de las Artes Plásticas para el Desarrollo de Proyectos de Investigación (no trabajos teóricos), Formación y Producción-Exhibición convocadas en los ejercicios 2017, 2018 y 2019.
  • No encontrarse en situación de servicio activo o mantener una relación profesional de empleo con el Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia.
  • Si el proyecto presentado fuera a desarrollarse en una universidad o un centro de investigación o de residencia, la persona solicitante deberá estar adscrito al mismo en el momento de la firma del compromiso de aceptación.

2. No podrán concurrir a la presente convocatoria administraciones públicas estatales, autonómicas o locales, así como entidades, fundaciones, sociedades dependientes de cualquiera de ellas, tampoco podrán concurrir las personas jurídicas privadas, así como asociaciones, fundaciones o cualesquiera entidades sin ánimo de lucro.

3. Las personas físicas independientes que, cumpliendo con todos los requisitos anteriores, decidan codesarrollar un proyecto, podrán obtener la condición de beneficiarias debiendo constituir una agrupación de titulares, actuando a través de quien la agrupación designe como representante con suficiente capacidad de representación, en los términos establecidos en el título I de la LPACAP, para actuar en nombre y por cuenta de todas las personas titulares, a los efectos de la presentación de la solicitud de la ayuda, aportación de la documentación acreditativa, así como del cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de la subvención y su justificación. A tal efecto, habrá de acreditarse adicionalmente la colaboración a través de documento privado en el que quede constancia de:

a) El porcentaje de participación de cada una de las partes en el codesarrollo del proyecto.

b) La persona que actuará como representante legal del resto a efectos de su relación con el ICA en el procedimiento subvencional. Debiendo designarse como representante de la agrupación a aquél integrante que asuma el mayor compromiso de ejecución de gasto. En el caso de que varias personas titulares asuman por igual el compromiso de ejecución, deberá designarse entre ellas. En la solicitud de la ayuda deberán hacerse constar el importe de la ayuda solicitada y los compromisos de ejecución de gasto asumidos por cada miembro de la agrupación, que tendrá igualmente la condición de persona beneficiaria.

Requisitos posteriores

Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de un plazo de dos meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución, el cumplimiento de la actividad y la aplicación de los fondos percibidos a los fines que motivaron su libramiento.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Ayudas a profesionales de Artes Plásticas-Visuales para desarrollo de Proyectos, Investigación, Producción, Formación o Exhibición
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Ayudas a profesionales de Artes Plásticas-Visuales para desarrollo de Proyectos, Investigación, Producción, Formación o Exhibición   [Fuera de plazo: 14-08-2023 – 14-08-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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