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Organización y Funciones

Servicio de Planificación y Costes de Personal

Subdirección General de Recursos Humanos > Dirección General de Recursos Humanos > Servicio Murciano de Salud > Ente Público > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Ricardo José Guzmán Martínez-Valls
Dirección: C/ Central, 7. 30100, (Espinardo), Murcia
Teléfono: 968 28 81 98 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: ricardoj.guzman@carm.es
Funciones:

1.- Al Servicio de Planificación y Costes de personal le corresponde la realización de cuantas actividades sean necesarias para ejercer las funciones siguientes:

a) Elaborar el Plan de acción social.

b) Elaborar el Plan de formación continua y de cuantas acciones formativas se consideran precisas para mejorar la prestación del los servicios.

c) Gestionar las plantillas y relaciones de puestos de trabajo y estudio de las necesidades de recursos humanos que posibilite la definición de las plantillas o cualquier otro instrumento de planificación u ordenación de los recursos.

d) Informar sobre la creación de plazas vinculadas en el SMS.

e) Elaborar el anteproyecto de capítulo I del presupuesto; el seguimiento de los gastos de personal en todos los centros y elaboración fe informes sobre la optimización de los gastos de personal.

f) Gestionar los gastos sociales.

g) Elaborar las nóminas de los servicios centrales.

h) Proponer los criterios para asignación del complemento de productividad en los servicios centrales.

i) Preparar las instrucciones para la elaboración de nóminas y fijación de criterios para el pago de productividad variable.

j) Preparar las alegaciones a los informes elaborados por los órganos de control en materia de gastos de personal.

k) Contestar a consultas en materia de retribuciones.

l) Realizar las instrucciones sobre modificaciones retributivas.

m) La gestión del registro de personal.

n) Todas aquellas funciones que se le encomienden en el ámbito de su competencia.

2.- Para el ejercicio de sus funciones contará con las siguientes unidades administrativas:

a) Sección de Acción Social y Formación que será el órgano encargado de preparar toda la documentación precisa para la elaboración del Plan de Acción Social del ente público, así como su seguimiento y control a lo largo de cada ejercicio económico, en coordinación con la Sección de Gastos Sociales.

b) Sección de Gestión de Plantillas y Relaciones de Puestos de Trabajo que será el órgano competente para la realización de todas las actividades que, correspondiendo a los órganos centrales, demande la elaboración o modificación de las plantillas y relaciones de puestos de trabajo, así como de su seguimiento y permanente actualización, la elaboración de estadísticas relativas al número de efectivos y, en general, cuantos informes se le requieran sobre esta materia.

c) Sección de Gastos Sociales que será el órgano encargado de elaborar las previsiones presupuestarias en la materia, los documentos que demande su adecuada gestión, así como del control y seguimiento de su ejecución durante el ejercicio, y de la coordinación de los órganos periféricos competentes en la materia.

d) Sección de Planificación de Puestos y Control de Gastos de Personal que será el órgano competente para informar sobre la incidencia económica que tenga la creación de nuevas plazas o puestos de trabajo, así como del seguimiento de los gastos de personal de todo el ente público, proporcionando las previsiones necesarias para la elaboración del presupuesto.

e) Habilitación General, con rango de Sección, que será el órgano encargado de la elaboración de la nómina de personal de los órganos centrales, de la coordinación de las actividades de los órganos que intervengan en la elaboración de las nóminas de personal de los órganos periféricos, así como, en general, de la gestión de los expedientes de reintegro de los órganos centrales, y, en general, de la expedición de certificados y de cuantos documentos se deriven de la realización de los pagos de personal cuya gestión le corresponda.

f) Sección de Registro de Personal, a la que le corresponderá la llevanza del registro de personal, en coordinación con el Registro Central de Personal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.