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Organización y Funciones

Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí»

Órganos Colegiados > Consejería de Salud > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Funciones:

Las funciones del Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí» serán las siguientes:

a) Ser órgano de referencia, en materia de ética asistencial, para los Comités de Ética Asistencial que se constituyan en el ámbito del Servicio Murciano de Salud.

b) Funcionar como un órgano consultivo interdisciplinar, informando sobre cuestiones de ética asistencial.
c) Informar sobre proyectos normativos de la Región de Murcia relacionados con la ética asistencial, en los términos previstos en el artículo 8.3 de este Decreto.

d) Formular iniciativas o elevar propuestas a los órganos competentes de la Consejería de Sanidad sobre formación continuada de los profesionales sanitarios en materia de ética asistencial.

e) Colaborar en la elaboración y armonización de protocolos y orientaciones de actuación referidos a cuestiones éticas en la asistencia sanitaria.

f) Establecer relaciones de colaboración con órganos de funciones análogas dependientes de otras Administraciones Públicas.

g) Elaborar una memoria anual de actividades, que se elevará al titular de la Consejería de Sanidad y al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud y, en su caso, a aquellos organismos o instituciones que se considere conveniente.

h) Elaborar estudios, trabajos e informes en materia de ética asistencial, que le sean encomendados por la Consejería de Sanidad, y formular a ésta las propuestas que estime convenientes para la mejora del sistema sanitario regional.

i) Prestar la colaboración que le solicite el titular de la Consejería de Sanidad en la preparación y ejecución de actuaciones de la Consejería relacionadas con la ética asistencial.

 

  • Decreto n.º 26/2005, de cuatro de marzo, por el que se regula el Consejo Asesor Regional de Ética Asistencial «Dr. D. Juan Gómez Rubí» y los Comités de Ética Asistencial.