1. Le corresponde la gestión del personal no docente al servicio de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, en todo aquello que no le esté expresamente atribuido a otros Órganos Directivos, incluida la formación y la gestión de ayudas de acción social de este personal.
2. Para el Cumplimiento de sus funciones, este Servicio contará con:
a) Las Secciones de Gestión de Personal I y II a las que les competen las funciones correspondientes a la gestión del personal no docente.
b) El número de Asesores y/o Técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.