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Al Consejo Asesor Regional de Precios corresponderá el desempeño de las siguientes funciones:
a) Dictaminar los expedientes sobre establecimiento o modificación de tarifas de precios autorizados para servicios públicos de competencia local.
b) Dictaminar los expedientes sobre establecimiento o modificación de tarifas de precios autorizados y comunicados de ámbito regional.
c) Dictaminar los expedientes sobre establecimiento o modificación de tarifas de precios que deban ser autorizados en Consejo de Gobierno.
d) Asesorar al Consejero de Economía, Industria y Comercio en materia de precios y evolución del mercado.
*Decreto 105/1988, de 1 de julio
Contenidos Asociados:
Decretos de estructura de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Organigrama de la Consejería Educación, Formación Profesional y Empleo
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