Solicitud de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios (código 2252) (SIA 207526)

Información Básica

Objeto:

Normalizar el procedimiento de solicitud de certificados para Exportación de productos alimenticios.

Información de Interés

Las solicitudes deberán obrar en poder de la unidad certificadora al menos con 72 horas antes de la fecha prevista de expedición.

La mercancía a exportar deberá encontrarse en el lugar especificado hasta la fecha de salida indicada, a disposición de los agentes de control que lo requieran.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Empresas y/o personas físicas que comercializan alimentos y/o productos alimentarios al por mayor, y por lo tanto están sujetos a Inscripción en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA), tanto si disponen de establecimiento como si distribuyen sin depósito.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Empresas cuyo domicilio industrial o si no poseen establecimiento, cuyo domicilio social, estén ubicadas en la Región de Murcia y que estén inscritas en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA)

Los productos a exportar deberán encontrase dentro del territorio de la CARM, si no fuera así, bien existe un operador domiciliado en la CARM que se responsabiliza de la mercancía con su marca y razón social en el etiquetado o bien, la mercancía ha sido elaborada en la CARM.

En relación al producto:

  • Tipo y naturaleza del producto, nº Registro Sanitario del Fabricante/Envasador/Trasformador y localización.

En relación a la expedición:

  • Fecha prevista de la expedición/carga de la mercancía y país de destino.

Si el producto estuviera fabricado en otra Comunidad Autónoma, adjuntar pre-certificado de libre venta para la exportación emitido por dicha Comunidad y se adjuntará en el momento de la solicitud.

Los registros de control del plan APPCC de los lotes a exportar, se adjuntarán en el momento de la solicitud.

  • Para los productos de origen animal (POAS) deberá adjuntarse a la solicitud el documento de Atestación sanitaria para la obtención del certificado veterinario de exportación de productos de origen animal. Adjuntar igualmente la tasa y los documentos requeridos. Seguir instrucciones de la Coordinación del Área de Salud correspondiente.

Requisitos posteriores

El anexo I (sábana) se presentará en el momento de la firma del certificado que no será antes de las 72 horas hábiles de la solicitud. Los productos a exportar podrán der objeto de control oficial por lo que deberán encontrarse en el establecimiento expedidor para su inspección.

Sólo podrán realizar la solicitud exclusivamente en papel quienes no estén obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los obligados a relacionarse electrónicamente deberán utilizar obligatoriamente la solicitud electrónica disponible.

Para los Productos de origen animal (POAS) una vez presentado el documento de Atestación sanitaria, se devolverá firmado mediante notificación de la Sede electrónica.

Es requisito imprescindible para retirar la certificación justificar previamente el pago de las tasas.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de certificado sanitario de exportación.
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Solicitud Atestación sanitaria productos de origen animal (POAS) /Certificado Sanitario de Exportación (Sábana) relleno por el interesado.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Autocontrol y trazabilidad de los lotes a exportar y documentación exigida por el país tercero

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

  • T810. Tasa por Actuaciones administrativas de caracter sanitario
    H00003 - Suministro de libros de Reg. Ofi., monografías y carnets o c

 

 

 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
  • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

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