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Educación, Formación Profesional y Empleo

Organización y Funciones

Servicio de Orientación, Intermediación y Contratos

Subdirección General de Empleo > Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación > Servicio Regional de Empleo y Formación > Organismo Autónomo > Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Jesús Molina Salinas
Finca: Edificio Administrativo Infante, Planta 2, Puerta 227
Dirección: Avda. Infante D. Juan Manuel 14. 30011, Murcia
Teléfono: 968 37 59 22 (Para consultas llamar al teléfono 012 o 968 36 20 00 o acceder al Servicio de Consultas de la CARM)
Email: jesus.molina2@carm.es
Funciones:

Corresponden al Servicio de Orientación, Intermediación y Contratos las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del mismo, y en especial, las siguientes atribuciones:

a) Realizar la coordinación y control en materia de intermediación en el mercado de trabajo.

b) Realizar la coordinación y control sobre acciones de información y orientación profesional a favor de los desempleados, así como de mejora de empleo.

c) Coordinar las ofertas de acciones y servicios realizadas desde las Oficinas de Empleo.

d) Coordinar, a través de las directrices emanadas de las unidades u órganos superiores, así como comunicar las instrucciones y órdenes de servicio a las Oficinas de Empleo, a las que prestará el correspondiente apoyo asistencia para el correcto funcionamiento de los servicios, proponiendo las medidas y acciones que estime procedentes para la continua mejora y calidad de los mismos.

e) Gestionar el Registro de agencias de colocación sin fines lucrativos y de Entidades Colaboradoras en materia de empleo, así como las actuaciones relativas a su autorización.

f) Coordinar y mantener la Red de Información Orientación para el empleo y el autoempleo.

g) Colaborar en la elaboración de estudios y estadísticas para el seguimiento de las ofertas de empleo de las ocupaciones.

h) En general, prestar todo tipo de asistencia técnica y apoyo material a la Red de Oficinas de Empleo para el correcto desenvolvimiento de sus actividades, así como cuantas actuaciones se le encomienden orientadas al pleno empleo estable y de calidad.

2.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Servicio de Orientación, Intermediación y Contratos se estructura en las siguientes unidades administrativas:

a) Sección de Orientación, Calificación y Clasificación de Demandantes, a la que competen las siguientes funciones:

a.1) La coordinación y planificación en materia de información, orientación, acompañamiento u otros procedimientos que faciliten la mejora de la posición en mercado de trabajo del demandante de empleo y búsqueda activa de empleo por cuenta ajena dinamización de iniciativas para el autoempleo.

a.2) La coordinación y planificación en materia de inscripción de demandantes de empleo, calificación clasificación profesional de los demandantes.

a.3) El diseño de itinerarios de inserción laboral oferta de acciones y servicios para desempleados.

a.4) El diseño y control de las actualizaciones curriculares de los demandantes de empleo.

a.5) El apoyo material y asistencia técnica a la Red de Oficinas de Empleo en todas las actividades que realizan en relación con la orientación, calificación y clasificación de demandantes, así como la dirección, coordinación y control de las actuaciones desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.

b) Sección de Intermediación y Contratos, a la que competen las siguientes funciones:

b.1) La coordinación y planificación de la intermediación laboral.

b.2.) La coordinación y diseño de la prospección del mercado de trabajo para la captación y gestión de las ofertas de empleo.

b.3.) La gestión de la Red Eures.

b.4.) La coordinación de las actividades relativas al registro o comunicación de contratos, así como las relacionadas con la autorización de entidades colaboradoras en esta materia.

b.5.) La gestión del Registro de agencias de colocación sin fines lucrativos y de Entidades Colaboradoras en materia de empleo, así como las actuaciones relativas a su autorización.

b.6.) La coordinación del seguimiento de las obligaciones de los demandantes de empleo y de los beneficiarios de prestaciones

b.7.) El apoyo material y asistencia técnica a la Red de Oficinas de Empleo en todas las actividades que realizan en relación con la intermediación y la contratación, así como la dirección, coordinación y control de las actuaciones desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.

c) Unidad Técnica de Coordinación de Oficinas de Empleo, con rango de Sección, que es la unidad encargada de realizar el seguimiento, la verificación y el control de las actuaciones desarrolladas por las distintas Oficinas de Empleo y de los procedimientos aplicados por éstas en ejercicio de sus funciones, y de proponer, en su caso, las medidas correctoras que procedan, con el fin de lograr la adecuada coordinación en el funcionamiento de las mismas.