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Organización y Funciones

Oficina Técnica

Secretaría General Técnica > Dirección Gerencial > Órganos de Gestión > Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) > Organismo Autónomo > Consejería de Política Social, Familias e Igualdad > Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Responsable: Juan Luis Ballesteros Galante
Finca: Edificio Administrativo Alonso Espejo
Dirección: C/ Doctor Alonso Espejo, 7. 30007, Murcia
Teléfono: 968 39 58 36
Email: juanl.ballesteros@carm.es
Funciones:

1.- La Oficina Técnica tiene atribuidas, sin perjuicio de las que competan a la Dirección General de Patrimonio, las siguientes funciones:

a) La planificación y asesoramiento para el mejor aprovechamiento de inmuebles e instalaciones y la evaluación de los riesgos que afecten a los inmuebles e instalaciones propias del IMAS.

b) La redacción de proyectos de ejecución de obras nuevas, así como obras menores de reparación o mantenimiento.

c) La dirección técnica o, en su caso, la vigilancia e inspección de la ejecución de todas las obras que afecten a edificios del IMAS.

d) La propuesta de orientaciones y normas técnicas sobre edificaciones para centros asistenciales, sus instalaciones, materiales, métodos constructivos y cuantos estudios y trabajos se estimen necesarios para el cumplimiento de las funciones propias de dichos centros.

e) La elaboración de informes técnicos relativos al cumplimiento de la normativa vigente, en los centros asistenciales para los que se precise autorización administrativa, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras unidades administrativas de la Consejería competente en materia de asuntos sociales.

f) En materia de mantenimiento, le corresponde la adecuación y vigilancia de los sistemas de evacuación y extinción de incendios, de seguridad e higiene e impacto ambiental, así como la planificación, coordinación y supervisión de todas aquellas actuaciones de mantenimiento de los edificios, aparatos e instalaciones del IMAS, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio correspondiente de la Consejería. Asimismo, le corresponde la organización del personal de mantenimiento de los Centros del IMAS.

g) La emisión de informes y cualesquiera otros documentos técnicos relativos a los centros dependientes del Instituto.

h) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.

2.- De la Oficina Técnica será responsable el Técnico que figure al frente de la misma, cuyo rango será el máximo que corresponda al puesto de Técnico Responsable, con las características que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.

3.- Para el cumplimiento de sus funciones esta unidad contará con:

a) La Sección de Mantenimiento, a la que compete la ejecución de las actuaciones necesarias en relación con el mantenimiento de los edificios, aparatos e instalaciones del IMAS, la dirección del personal adscrito a los servicios de mantenimiento del Instituto, elaboración de memorias y pliegos de prescripciones técnicas, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las unidades dependientes de la Sección.

b) El número de técnicos que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.