Subvenciones para financiación de unidades de apoyo de los centros especiales de empleo (código 1995) (SIA 201856)

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Información Básica

Objeto:

Fomentar la modernización de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo (CEE) cuya plantilla esté formada, total o parcialmente, por personas con discapacidad de difícil inserción. Dichos CEE estarán ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

 

 

 

Información de Interés

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan, las Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y propios Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia.

Se financian los costes laborales y de Seguridad Social a cargo de la empresa, derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo. Las funciones de dichos trabajadores son las descritas en el artículo 3 de la Orden de bases, con el límite del salario establecido en el convenio colectivo que le fuese de aplicación. Subsidiariamente, en todo caso, será el Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, para cada una de las categorías.

La cuantía de estas subvenciones se establece en 1.440 euros anuales por cada trabajador discapacitado. El tipo y grado de discapacidad están indicados en el artículo 5 de la orden de bases.

Cada trabajador de CEE atendido, deberá estar contratado:

1) por tiempo indefinido.

2) o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

La subvención anual de 1.440 euros, se reducirá proporcionalmente:

1) en función de la duración de los contratos de los trabajadores con discapacidad a los que se refiere el apartado anterior.

2) así como, en función de la duración de la jornada, en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

Estas subvenciones se concederán por periodos de un año. Para ello, el Centro Especial de Empleo deberá realizar una solicitud previa, según el procedimiento establecido.

La actividad a subvencionar, se desarrollará como máximo, hasta el 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria.

Si la solicitud es de un Centro Especial de Empleo que no tiene Unidades de Apoyo subvencionadas por el SEF:

1) la fecha a considerar para el cálculo de la subvención a otorgar, será la del primer día del mes siguiente a la fecha de la convocatoria y el periodo será de una anualidad.

2) Igualmente, no se podrá sobrepasar el límite temporal del 30 de junio, del año siguiente al de la convocatoria.

En el marco de lo que prevé el artículo 34.2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 serán subvencionables únicamente los costes de empleo del personal exclusivamente durante el tiempo que dedique a asistir a trabajadores con Discapacidad.

El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia, con otras subvenciones o ayudas otorgadas para la misma finalidad, por otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

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Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Generales:

No podrán obtener la condición de beneficiarias, aquellas entidades solicitantes que estén incursas en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Ver anexos). En particular, para poder obtener la condición de beneficiario, el solicitante deberá:

a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Los citados requisitos serán exigibles, tanto en el momento de la propuesta de concesión de la subvención como en la de pago.

Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM nº 23 de 29 de enero de 2022)

Específicos:

a) Figurar inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Región de Murcia.

b) Tener una plantilla formada por trabajadores con el tipo y grado de discapacidad establecido en el apartado 1 del artículo 2 de la Orden de bases, es decir:

1.- Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

2.- Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

c) Tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva, en virtud de la siniestralidad del año anterior, expedido por el servicio de prevención externo que tuviere contratado, o por los técnicos debidamente cualificados si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención.

Requisitos posteriores

Los beneficiarios de subvenciones deberán justificar, documentalmente, ante el Servicio Regional de Empleo y Formación, la aplicación de los fondos a la actividad subvencionada y el cumplimiento de los requisitos y condiciones que motivaron la concesión antes del transcurso tres meses a contar desde la finalización de la anualidad subvencionada.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SUBVENCIÓN UNIDADES DE APOYO CEE
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Anexo IV debidamente cumplimentado:- Acreditación de la plantilla de trabajadores con discapacidad del centro especial de empleo, especificando tipo y grado de discapacidad, y tipo y duración de los contratos laborales de dichas personas.- Acreditación de las contrataciones de las personas que integran las Unidades de Apoyo y descripción de sus funciones.- Relación de trabajadores discapacitados del centro especial de empleo insertados en el mercado ordinario en los dos últimos años- Previsión de costes salariales de los técnicos de la Unidad de Apoyo debidamente cumplimentado.- Relación de personal que componen la UUAA.- Descripción de la funciones del personal de la UUAA.
  • Certificado Plan Riesgos
    (Obligatorio / No original)
    Certificado acreditativo de tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva, expedido por el servicio de prevención que tuviere contratado, por los técnicos debidamente cualificados, si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención, o por el propio empresario en el supuesto que prevé el artículo 11 del Real Decreto 39/1997, de17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Documento donde figure el código IBAN (24 dígitos) donde la entidad solicitantequiera domiciliar el abono de la subvención, en el que consten sus datos identificativos y el Código de Identificación Fiscal (CIF).
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (Obligatorio / No original)
    VILEN (Vida Laboral de la empresa).
  • Currículo (currículum)
    (Obligatorio / No original)
    Para el caso de contrataciones no subvencionadas en el ejercicio anterior, Currículum profesional del personal Técnico (de grado medio o superior) y Encargadosde apoyo a la producción, que vayan a componer la Unidad de Apoyo, firmado por los interesados, así como la documentación acreditativa de su titulación y/o experiencia profesional (contratos, certificados de empresa, titulación académica).
  • Autorización
    (Obligatorio / No original)
    Autorización de acceso a datos personales de las personas con discapacidad a atender por la UUAA, según Anexo. En el caso de no autorización, deberá acompañarse: - Calificación/certificación de discapacidad - DNI/NIE - Vida Laboral - Dictamen técnico facultativo, de las personas con discapacidad.
  • Autorización
    (Obligatorio / No original)
    Autorización acceso datos personales Técnicos/Encargados
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de discapacidad expedido por la CARM (*)
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • Vida laboral (últimos 12 meses) (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios por documentación (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • SUBVENCIÓN UNIDADES DE APOYO CEE   [Fuera de plazo: 27-05-2023 – 19-06-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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