575/1991. FUNCIONARIOS DOCENTES.Regula la movilidad entre los Cuerpos y la adquisición de la condición de catedrático a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (R. 1990, 2045), de Ordenación General del Sistema Educativo.
850/1993. FUNCIONARIOS DOCENTES.Ingreso y adquisición de especialidades en los Cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3-10-1990 (RCL 1990/2045), de Ordenación General del Sistema Educativo.
850/1993. FUNCIONARIOS DOCENTES. Ingreso y adquisición de especialidades en los Cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre 1990 (RCL 1990,2045), de Ordenación General del Sistema Educativo.
850/1993. FUNCIONARIOS DOCENTES. Ingreso y adquisición de especialidades en los Cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (RCL 1990, 2045), de Ordenación General del Sistema Educativo.
de la Dirección General de Personal, por la que se dictan instrucciones para la realización y calificación de la Memoria y de la prueba contempladas en la Orden de 23 de mayo de 1995, que convoca procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de Catedrático
por la que se dictan las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el personal docente adscrito a puestos de trabajo itinerantes dependientes de la Consejería en compensación por daños materiales causados por accidentes de tráfico
por la que se establecen los criterios y procedimientos de actuación para los Funcionarios Docentes que desarrollan su actividad educativa, de forma itinerante, en centros públicos dependientes de esta Comunidad Autónoma.
de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se establece la normativa que ha de regir en el ámbito de la región de Murcia, en materia de titulaciones del profesorado de los centros privados de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional específica.