Unidad Orgánica
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
1929 - Programa de integración laboral de personas con discapacidad. Subprograma mantenimiento de puestos. Modalidad subvención al equilibrio presupuestario
Objeto
Conceder subvenciones dirigidas a equilibrar el presupuesto de aquellos Centros Especiales de Empleo que necesiten paliar situaciones coyunturales o deficiencias económico-financieras a corto plazo y limitadas al año de vigencia del presupuesto.
La cuantía de la subvención al Equilibrio Presupuestario será como máximo de treinta mil euros (30.000 €), IVA excluido, cuando sea recuperable, por Centro Especial de Empleo.
Destinatarios
Los titulares de Centros Especiales de Empleo ubicados en esta Comunidad Autónoma, e inscritos como tales en el Registro Administrativo de la Región de Murcia
Requisitos
Carecer de ánimo de lucro, condición que vendrá recogida en sus estatutos.
Ser de utilidad pública e imprescindibilidad declarada por la autoridad administrativa competente.
Los resultados adversos que se pretenden equilibrar no pueden derivarse de una gestión deficiente a juicio de la Administración Regional.
No haber efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda, despido calificado como improcedente.
Acreditar documentalmente, según lo previsto en el Anexo de la Orden de Bases de 29 de marzo de 2010, el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE nº 269, de 10/11/1995), de prevención de riesgos laborales y normativa de desarrollo.
No ser excluidos por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 08/08/2000), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Disponer de servicios de ajuste personal y social, y tener en plantilla al personal técnico y de apoyo que precise la actividad del Centro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 3 y 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, que regula los Centros Especiales de Empleo de minusválidos (BOE nº 294, de 9 de diciembre de 1985). La información relativa a dichos servicios deberá constar, debidamente detallada, en la memoria que anualmente debe presentarse, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del citado Real Decreto, ante el Servicio Regional e Empleo y Formación
Estar al corriente de sus obligaciones institucionales frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma.
Documentación
Solicitud según modelo normalizado
La documentación establecida en el Anexo de la Orden de 29 de marzo de 2010, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el Fomento de la integración laboral de personas con discapacidad (BORM nº 78 de 7 de abril de 2010). (se anexa)
Cumplimentación manual
- Esta opción le permite imprimir un modelo de formulario vacío que podrá rellenar a mano y presentar en los lugares indicados más abajo.
Lugares presentación
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Director del Servicio Regional de Empleo y Formación
Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
|---|---|---|
| Recursos que proceden ante la Administración Regional | ||
| Alzada | Consejero de Educación, Formación y Empleo | |
Para la concesión de la ayuda, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La actividad, dimensión estructura y gerencia del Centro.
b) La composición de su plantilla, con atención especial a la proporción de trabajadores discapacitados respecto del total en el Centro, así como a la naturaleza y grado de minusvalía de sus componentes, en relación con su capacidad de adaptación al puesto de trabajo que desempeñan.
c) La modalidad y condiciones de los contratos suscritos con los trabajadores de la plantilla del Centro, discapacitados o no.
d) Las variables económicas que concurran en el Centro en relación con su objetivo y función social.
e) Los servicios de ajuste personal y social que preste el Centro a sus trabajadores minusválidos, entendiendo por tales los de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, culturales y deportivos que procuren a los trabajadores discapacitados del Centro una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación en su relación social.