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Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
Dirección General de Industria Alimentaria y Asociacionismo Agrario

1.4 Régimen fiscal

RÉGIMEN FISCAL DE LAS SS.AA.TT.

Se encuentra regulado en la Disposición Adicional Primera de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas, estableciendo que las SS.AA.TT. inscritas en el Registro de tales entidades les será de aplicación el régimen tributario general y, en consecuencia estarán sujetas al Impuesto de Sociedades.

BENEFICIOS FISCALES

En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados exención total para los actos de constitución y ampliación de capital social. En el Impuesto de Actividades Económicas disfrutarán de una bonificación del 95% en la cuota t recargos correspondientes a las actividades que realicen.

DOCUMENTACIÓN SOCIAL

Las SS.AA.TT. llevarán en orden y al día los siguientes libros:

Libro de Registro de socios

Libro de Actas de la Asamblea General, Junta Rectora y, en su caso, de otros órganos de gobierno aprobados en sus Estatutos Sociales.

Libros de Contabilidad. Obligatoriamente un Diario y uno de Inventario y Balances.