Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento, entre las 08:00 y las 08:15 horas del día 17/04/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Inscripción de constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia (código 1785) (SIA 207348)

Información Básica

Objeto:

Solicitar la inscripción de la constitución de Asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

Información de Interés

Las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones deberán inscribirse en el Registro de Asociaciones a los solos efectos de publicidad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la Constitución Española y 10.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Puede consultar las asociaciones inscritas en el apartado de Asociaciones: Formulario de consulta de Asociaciones de la Región de MurciaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, y es garantía tanto para los terceros que con ellas se relacionan como para sus propios miembros.

Según sea su ámbito de actuación, regional o nacional, solicitarán su inscripción bien en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia o bien en el Registro Nacional de Asociaciones, y solo estarán inscritas en uno de ellos:

Se puede realizar su tramitación en Murcia a través de la Delegación del Gobierno, situada en Avda. Alfonso X El Sabio, Edf. de Servicios Múltiples, o cualquier Oficina de Asistencia en materia de Registros

  • Las asociaciones que tengan su ámbito territorial en los límites de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, solicitarán su inscripción a través de este procedimiento al Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

Se pueden inscribir todo tipo de asociaciones sin ánimo de lucro: culturales, vecinales, asistenciales, deportivas (de carácter lúdico y recreativo), AMPAS, juveniles, federaciones, confederaciones, etc.

Se regirán por su legislación específica: los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones empresariales, las iglesias, confesiones y comunidades religiosasAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios; así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales. En este sentido existen Registros Específicos por lo que habrá que referenciar la citada legislación en el articulado de los estatutos para su adecuada inscripción en el Registro correspondiente.

Las asociaciones constituidas para fines exclusivamente religiosos por las iglesias, confesiones y comunidades religiosas deben inscribirse en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. (Pueden solicitar información en registro.religiosas@justicia.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica)

No se inscribe en este Registro las comunidades de bienes y propietarios y las entidades que se rijan por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, cooperativas y mutualidades, así como las uniones temporales de empresas y las agrupaciones de interés económico.

La denominación de la asociación será única, sin que coincida o se asemeje con otra ya inscrita que pueda crear confusión, en tal caso, el Servicio de Asociaciones, informará a los interesados para que propongan otra denominación.

El Registro de Asociaciones es un registro público al que se le puede solicitar cualquier información que no esté protegida por Ley Orgánica de Protección de Datos (como domicilio o teléfono particular de los miembros de la Junta Directiva o socios fundadores, DNI, etc.)

Únicamente informa de oficio al Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior de todas las asociaciones inscritas durante ese mes.

Si la Asociación desea formar parte de otro censo municipal o listado diferente a este Registro, deberá comunicarlo a quien ostente la responsabilidad de dicho censo o listado.

El artículo 7.1.d de la Ley Orgánica1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece que los fines y actividades de la asociación han de estar descritos de forma precisa en los estatutos. Todas las asociaciones deben estar adaptadas a esta L.O., que implicará elaborar nuevos Estatutos y elegir nueva Junta Directiva.

  • En el apartado reservado a la composición de la Junta Directiva en los Estatutos no deben figurar los nombres, apellidos o DNI de los cargos, solamente la denominación del cargo (Presidente, Secretario, Tesorero...).
  • La composición de la Junta Directiva (los cargos) que se indique en los Estatutos debe coincidir exactamente con los cargos que figuren en el Acta Fundacional, donde sí se relacionaran los nombres, apellidos, DNI y firma de todos.

Las asociaciones estarán activas mientras no se solicite su disolución por parte de los interesados, aunque lleve varios años sin funcionamiento. En este caso se puede volver a poner en funcionamiento en cualquier momento.

La información para la disolución de una asociación ya inscrita la puede consultar en el procedimiento 2734

 Puede consultar el estado de su solicitud transcurridos 3 meses desde la presentación, en el PORTAL CARM CONSULTASAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica indicando el nombre de la Asociación, la fecha de la solicitud y un teléfono de contacto. El Registro contactará con los interesados para informarle. Si no han transcurrido tres meses debe esperar.

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EN ESTE REGISTRO DE ASOCIACIONES NO HAY ATENCIÓN PRESENCIAL AL PÚBLICO.  TANTO PARA INFORMACIÓN GENERAL COMO PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PODRÁ HACERLO:

1. PRESENCIALMENTE: Previa cita  en cualquiera de los teléfonos 968 36 20 00 ó 012, dirigiéndose a una OAMR (Oficina de Asistencia en Materia de Registros). Algunas de las más céntricas en Murcia son:

- Oficina de Asistencia en Materia de Registros San Cristóbal, situada en la Calle San Cristóbal, nº 6, de Murcia (en las cuatro esquinas)

- Oficina de Asistencia en Materia de Registros Teniente Flomesta, situada en la Avenida Teniente Flomesta, s/n, de Murcia

- Registro General de la CARM, situado en Avenida Infante Juan Manuel, nº 14, de Murcia

2. TELEMÁTICAMENTE: A través del enlace ConsultasAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica que encontrará en http://www.carm.es/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, y nosotros contactaremos con ustedes. Encontrará también información y podrá enviar sus solicitudes desde la página web http://www.carm.es/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (dentro del apartado de “ÁREAS TEMÁTICAS” llamado “ASOCIACIONES” en “REGISTRO DE ASOCIACIONES”)

Recuerde que también puede PRESENTAR SOLICITUDES EN REGISTRO ELECTRÓNICO, con DNI electrónico o certificado digital, en las siguientes direcciones de Internet:
Comunidad Autónoma de Murcia: https://sede.carm.es
Administración del Estado: https://.sede.administración.gobAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica
 

3. TELEFÓNICAMENTE: A través de los números del Servicio de información telefónica de la CARM:  968 362000 y 012

4. ELECTRÓNICAMENTE: Solamente para información y no para presentación de documentos: a través del correo electrónico  registrodeasociaciones@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

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Según el Artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre,  de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

"Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes."

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Recuerde que las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, como personas jurídicas,  están obligadas a presentar electrónicamente sus solicitudes. (Artículo 14.2  a), de la  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Asociaciones cuyo ámbito territorial es la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, PORTAVOCÍA Y ACCIÓN EXTERIOR (A14036698)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas de constituir una Asociación de ámbito regional en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.

Requisitos posteriores

Es obligatorio que la Asociación disponga de un libro de Actas en el que se anotarán todos los acuerdos que tome la Asamblea, así como un libro de socios y un libro de cuentas. Desde la entrada en vigor de la L.O.1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, no precisa legalización por este Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Acta
    (Obligatorio / No original)
    Acta Fundacional de la Asociación (En formato pdf)
  • Estatutos
    (Obligatorio / No original)
    Estatutos de la Asociación que se solicita inscribir, firmados en todas sus páginas, al menos por el Presidente/a y el Secretario/a de la Asociación. (En formato pdf)
  • Declaración
    (Obligatorio / No original)
    Modelo de cláusula de consentimiento para la cesión de datos personales
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

 

 

 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
  • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA
Información adicional sobre recursos
Se pueden impugnar resoluciones y actos de trámite cualificados, que no pongan fin a la vía administrativa, ante el órgano superior jerárquico del que los dictó a través del PROCEDIMIENTO 1495 de la Guía de Procedimientos y Servicios, en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la CARM.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia