Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Autorización de constitución, ampliación, segregación y cambio de titularidad en cotos privados de caza (código 1734) (SIA 207317)

Información Básica

Objeto:

Autorización para la constitución de coto de caza.

Autorización de segregación y ampliación parcelaria del aprovechamiento cinegético autorizado.

Autorización de cambio de titularidad cinegética.

 

Información de Interés

 DOCUMENTACIÓN ADMINISTATIVA PARA COTOS DE CAZA

CONSTITUCIÓN DE COTOS DE CAZA:

- Presentar hoja de autorización del propietario del polígono y parcela a incluir.

 CAMBIO DE TITULARIDAD:

- El titular actual del acotado, presentará Declaración Jurada, en modelo que se adjunta a la presente solicitud. En caso de fallecimiento de su titular, se adjuntará partida de defunción y fotocopia libro de familia.

 AMPLIACIÓN:

- Presentar hoja de autorización del propietario del polígono y parcela a incluir.

 SEGREGACIÓN:

- Presentar hoja de relación de propietarios a segregar, indicando sus correspondientes polígonos y parcelas.

Apoderamiento efectuado electrónicamente:

Cualquier ciudadano puede otorgar ya electrónicamente apoderamientos, que quedarán inscritos en apoder@.

Los interesados podrán acceder a través de alguna de las siguientes direcciones https://rea.redsara.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  https://sede.administracion.gob.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

También se podrá acceder a través del enlace de la Sede Electrónica de la CARM, número de procedimiento de la Guía 9943 "Apoderamiento de representación ante las administraciones públicas".

Apoderamiento mediante comparecencia personal del interesado:

Cualquier ciudadano podrá otorgar el apoderamiento mediante comparecencia ante funcionario público habilitado realizada en una Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas que pretendan constituir un coto de caza.Propietarios de fincas a segregar y/o titulares cinegéticos.Titulares cinegéticos o, en su caso, herederos o causahabientes del anterior titular cinegético o arrendatario del aprovechamiento cinegético que requieran el cambio de titularidad cinegética.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Constitución de coto privado de caza:

Ser propietario del terreno o autorización de los propietarios de los terrenos que constituyan el acotado, con una superficie mínima de 250 has., si el aprovechamiento principal es la caza menor y 500 has. si es caza mayor.

Segregación y ampliación:

Titularidad cinegética del acotado a segregar y/o propiedad de las fincas reclamadas. Autorización de los propietarios de los terrenos a ampliar.

Cambio de titularidad cinegética:

El titular cinegético prestará su conformidad a favor del nuevo titular, adjuntando autorización de los propietarios de las fincas que constituyan el acotado a favor del nuevo titular cinegético.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia