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Subvenciones a ISFL para el mantenimiento de centros, prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de inmigración 2010

Orden de 4 de agosto de 2010, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se convocan subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el mantenimiento de centros, prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de inmigración para el año 2010

BORM nº 187; 14/08/2010.

Modificada por:

Orden de 2 de septiembre de 2010, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se modifica la Orden de 4 de agosto de 2010, por la que se convocan subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el mantenimiento de centros, prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de inmigración para el año 2010.

BORM nº 206; 06/09/2010. Plazo de presentación de solicitudes: 2 de octubre de 2010

Objeto

El objeto de la presente Orden es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Instituciones Sin Fin de Lucro, para el desarrollo de proyectos relativos al mantenimiento de centros, prestación de servicios y desarrollo de actividades, en materia de integración de Inmigrantes en la Región de Murcia

Beneficiarios

Instituciones sin fin de lucro.

Requisitos de las instituciones solicitantes.

Las Instituciones solicitantes de estas ayudas desarrollarán su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 de 16 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Orden de 5 de enero de 2010, de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, así como los que a continuación se detallan:

a)Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales, o en caso de carecer de dicha inscripción, haber solicitado, antes de la finalización del plazo de solicitud de la subvención, la autorización administrativa previa o de funcionamiento, según corresponda a la tipología de centros y servicios para los que solicite dicha subvención, contando con la misma antes de la fase de preevaluación o, en caso de no existir ésta, a fecha del informe de la Comisión evaluadora de la subvención. En todo caso, para la concesión deberán contar con la autorización correspondiente.

b)Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c)No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Información de contacto

Con el fin de facilitar la presentación de las solicitudes, se ha puesto a disposición de todas las entidades los siguientes RECURSOS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO:

1. Servicio Telefónico de Información: 968 36 80 84

2. Servicio de Asesoramiento Individualizado, mediante concertación de cita previa, que funcionará durante el horario de atención al público de 9 a 14 horas.

3 .Correo electrónico, con las direcciones:

  • carmen.megias@carm.es
  • mjose.espin@carm.es

4. Fax, con número 968 36 68 51 y 968 36 68 41

Modelos orientativos

Colaboración con Corporaciones Locales (Documento Microsoft Word [.doc])

Colaboración con otras entidades sin fin de lucro (Documento Microsoft Word [.doc])

Contenidos Asociados:

Anexo I: Solicitud

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