Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Recurso de reposición contra actos dictados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (código 1592) (SIA 213034)

Información Básica

Objeto:

  • Los actos definitivos de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición, con carácter previo a la reclamación económico administrativa.
  • Si el interesado interpusiera recurso de reposición, no podrá promover reclamación económico administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
  • No obstante, tratándose de actos definitivos en materia de tributos locales, el recurso de reposición es previo al recurso contencioso administrativo.

Información de Interés

Podrán ser objeto de recurso de reposición los actos dictados por los diferentes óganos de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia

Se enumeran a título informativo los siguientes:

  1. Actos de Tributos Cedidos (ITPAJD, ISD, I.Patrimonio, juego...).
  2. Actos de Tributos Propios (impuestos medioambientales)
  3. Actos de Tributos Locales.
  4. Actos del Recaudación en Período Ejecutivo.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Personas físicas o jurídicas que sean destinatarios de actos susceptibles de impugnación mediante la interposición de recurso de reposición.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Consultar todas las unidades responsablesEste enlace se abrirá en una nueva ventana

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • El plazo para la interposición del recurso será de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o del siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
  • Tratándose de tributos de cobro periódico y notificación colectiva, el plazo de un mes se contará desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago.
  • La mera interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
  • Cuando se solicite la suspensión del acto impugnado deberá acompañarse el documento en que se formalice la garantía constituida.
  • Cuando el acto objeto de recurso lo constituya una liquidación por comprobación de valores declarados efectuada por la Administración, el interesado podrá reservarse el derecho a promover tasación pericial contradictoria, lo que determinará la suspensión de la ejecución de la liquidación.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Interposición de Recurso de Reposición
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que sirvan de base a la pretensión que se ejercite.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    En caso de actuar por medio de representante, documentación acreditativa de la citada representación

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Económico - Administrativo JEFE/A SERVICIO RECAUDACION
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
El recurso de reposición debe ser interpuesto por el interesado o su representante. En el caso de interposición del recurso por vía telemática deberá adjuntar el formato pdf. el documento que acredite la representación.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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