Ayudas para pacientes del Servicio Murciano de Salud por desplazamiento y estancia derivada de la asistencia sanitaria (código 1569) (SIA 207263)

Información Básica

Objeto:

Regular los requisitos y tramitación de las ayudas, por gastos de desplazamiento y estancia, originados por la asistencia sanitaria a centros, servicios y establecimientos sanitarios , ubicados dentro o fuera de la Región de Murcia, siempre y cuando no se precise la utilización de transporte sanitario.

Información de Interés

la solicitud normalizada es obligatorio presentarla-adjuntarla

Destinatarios:

Ciudadanía.

Pacientes residentes en la Región de Murcia que estén en posesión de la Tarjeta Sanitaria Individual, emitida por el Servicio Murciano de Salud, que se desplacen para recibir asistencia sanitaria a centros ubicados dentro o fuera de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD (A14004326)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

El procedimiento se iniciará por solicitud del paciente que recibió la asistencia sanitaria,(en modelo normalizado, que podra descargarse en la sede electrónica de la carm) o por sus representantes legales.

El plazo de solicitud es de 6 meses desde el fin del desplazamiento.

Requisitos desplazamientos dentro de la Región de Murcia:

  • El centro donde se recibe el tratamiento estará ubicado a una distancia igual o superior a 10 KM de la residencia habitual del paciente (no será de aplicación a los pacientes que deban someterse a hemodiálisis).
  • Cuando el paciente por razones de índole personal o laboral solicite recibir el tratamiento en un centro distinto al que le correspondería por su domiciliio, perderá el derecho a recibir esta ayudac salvo excepciones previstas.
  • El paciente deberá mantener actualizados sus datos de residencia habitual en tarjeta sanitaria. Cuando la residencia habitual, según padrón de habitantes, sea distinta de la que el paciente tenga declarada en tarjeta sanitaria, perderá el derecho a la percepción de esta ayuda, salvo excepciones previstas.
  • Solamente se abonará ayuda por el paciente y no por el acompañante.

Requisitos desplazamientos y estancia fuera de la Región de Murcia:

  • Autorización del Servicio Murciano de Salud para recibir asistencia sanitaria fuera de la Región de Murcia en vigor (para centros integrados en el Sistema Sanitario Público, la validez de la autorización será de seis meses; para centros no integrados en el Sistema Sanitario Público la asistencia se autorizará para cada procedimiento o actuación).
  • La autorización se gestionará directamente para el primer desplazamiento, en caso de desplazamientos sucesivos al mismo centro sanitario público, deberá solicitarse transcurridos 6 meses a la Subdirección General de Aseguramiento y Prestaciones.
  • El acompañante del paciente tendrá derecho a esta ayuda, en los siguientes supuestos:
  1. Paciente menor de 18 años
  2. Pacientes con grado de discapacidad igual o mayor al 66%
  3. Indicación médica

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de ayudas para pacientes del SMS por desplazamientos y estancia derivada de la asistencia sanitaria
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Solicitud normalizada
  • Informe
    (No obligatorio / No original)
    En caso de acudir con acompañante, deberá presentar informe del Facultativo del Servicio Murciano de Salud en el que se especifique cual es la situación clínica y/o personal del paciente que lo hace necesario
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    contrato de alquiler y justificación de pago (transferencia bancaria)
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    en el caso de desplazamiento en transporte público, adjuntar billetes del mismo.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    El Alojamiento se justificara mediante factura de establecimiento correspondiente
  • Certificado de discapacidad expedido por la CARM (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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