Procedimiento Sancionador en Materia Forestal (código 1557) (SIA 215232)

Información Básica

Objeto:

Sancionar los incumplimientos y actuaciones en materia forestal, preceptuados en la normativa relacionada al final del presente procedimiento.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Ciudadanía y Empresas.Personas físicas o jurídicas o entidades que por acción u omisión realicen o participen en la comisión de hechos constitutivos de infracción conforme a la normativa en materia forestal.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Comisión de hechos constitutivos de infracción, conforme a la normativa aplicable en materia forestal.

El procedimiento se iniciará mediante Acuerdo de la Dirección General competente en la materia, que se notificará a los interesados y que contendrá una sucinta referencia a los hechos que lo motivan, identidad del instructor y del órgano competente para resolver, con referencia de la norma que le atribuya dicha competencia, asi como, indicación del derecho a formular alegaciones y a la audiencia en el procedimiento y plazos para su ejercicio.

El instructor del procedimiento realizará, de oficio, cuantas actuaciones resulten necesarias y demás actuaciones pertinentes, sin perjuicio del derecho de los interesados a proponer aquellas actuaciones que requieran su intervencion y, una vez practicadas, formulará propuesta de resolución.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada Consejero/a competente
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia