Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios (RES) : Acreditación (código 1519) (SIA 214294)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Acreditar los centros, establecimientos y servicios sanitarios, públicos y privados, ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de obtener el reconocimiento administrativo por parte de la Consejería competente en materia sanitaria, del nivel de calidad de aquéllos, tras la evaluación externa e independiente del mismo, realizada conforme a criterios y estándares de referencia previamente establecidos por la Consejería.

Información de Interés

Los centros y establecimientos para poder obtener la Acreditación deben contar previamente con la Autorización sanitaria de funcionamiento y estar debidamente inscritos en el Registro de Recursos Sanitarios Regionales de la Región de Murcia.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Centros, establecimientos y servicos sanitarios, públicos y privados, ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Para poder obtener la correspondiente acreditación, los centros, servicios y establecimeintos santarios que lo soliciten deberán reunir los siguientes requisitos:
    • a) Contar con la autorización sanitaria de funcionamiento y, en su caso, con la de modificación.
    • b) Estar debidamente inscritos en el Registro de Recursos Sanitarios Regionales.
    • c) Es obligatorio especificar en la solicitud, el grado de acreditación (avanzado, óptimo, excelente), cuyo reconocimiento se insta.
  • Debe acompañarse necesariamente a la solicitud, entre otra documentación:
    • - la Memoria Técnica justificativa del grado que se solicita.
    • - el Protocolo debidamente cumplimentado sobre los criterios y estándares para la acreditación que la Consejería competente en materia sanitaria haya aprobado (mediante Orden publicada en en el BORM) según el tipo de centro que se acredite. ( Actualmente sólo están aprobados los Protocolos para centros, servicios y establecimientos sanitarios de hospitalización de media y larga estancia y centros privados de atención al drogodependiente) 

Requisitos posteriores

  • Si la resolución fuera favorable a la acreditación, se procederá de oficio a su inscripción en el Registro de Recursos Sanitarios Regionales y a la entrega al interesado de un documento acreditativo de la inscripción.
    • Identificación de centro acreditado:  Realizada la correspondiente inscripción de la acreditación sanitaria obtenida por el centro, establecimiento o servicio sanitario de que se trate, la Dirección General de Planificación, Ordenación Sanitaria y Farmacéutica e Investigación emitirá documento acreditativo de la inscripción, que se expondrá en lugar visible al público. Mediante Orden de la Consejería de Sanidad se determinarán la forma y el contenido de la mencionada identificación.
    • Vigencia y renovación de la acreditación:
      • 1. La acreditación se otorgará por un máximo de tres años, sujeta a las verificaciones que se consideren oportunas. Vencido dicho plazo habrá de ser objeto de renovación, siguiendo el mismo procedimiento previsto para su otorgamiento.
      • La solicitud de renovación deberá formularse con una antelación minima de seis meses respecto a la fecha límite de la vigencia.
      • 2. Transcurrido el plazo de tres años de vigencia de la acreditación, si el interesado no ha solicitado su renovación, previa audiencia al mismo, se dictará, si procede, Orden declarando la caducidad de la acreditación concedida.
    • Revocación de la acreditación: La acreditación podrá ser revocada durante el período de su vigencia, previa propuesta motivada por parte de la Comisión Regional de acreditación de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios, cuando se compruebe el incumplimiento de las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento, previa tramitación de expediente en el que se dará audiencia al interesado.
    • La revocación acordada se notificará al interesado y se inscribirá en el Registro de Recursos Sanitarios Regionales.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de acreditación de centro servicio y establecimiento sanitario
  • Memoria descriptiva
    (Obligatorio / No original)
    Que justifique el grado de acreditación solicitado.

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

•Este procedimiento NO requiere el pago anticipado/autoliquidación de la tasa T 810. Después de realizada inspección, se emitirá la carta de pago por la unidad gestora correspondiente. En ningún caso, el pago de la tasa debe realizarse en el momento de presentar la solicitud. •Cuando se solicite por el interesado la expedición de un certificado de su centro, SI procederá el pago de la tasa general de la Administración por expedición de Certificados T010-H00001. En este caso, el pago de la tasa deberá realizarse en el momento de solicitar el certificado.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia